Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que la convocatoria se realiza a traves del MORDAZA institucional de cada entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y en el MORDAZA del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de entidad convocante, otros medios de informacion; Que, en el Centro Nacional de Planeamiento Estrategico se conducen procesos de contratacion administrativa de servicios, contando para tales efectos, con un Comite de Evaluacion; Que, mediante Resolucion de Presidencia de Consejo Directivo N° 55-2013-CEPLAN/PCD se ha designado a la senora MORDAZA MORDAZA Pomar como Jefa de la Oficina General de Administracion del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico; Que, en tal sentido, resulta necesario designar a la persona responsable que se encargara de remitir las ofertas de empleo del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; De conformidad con el Decreto Supremo N° 0462009-PCM Reglamento de Organizacion y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico, el Decreto Supremo N° 012-2004-TR y la Resolucion de Presidencia N° 107-2011-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA POMAR, Jefa de la Oficina General de Administracion del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico-CEPLAN, como la persona responsable de remitir las ofertas de empleo del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. ANDERSON Presidente Consejo Directivo 986581-1

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT, comprendidos en los regimenes laborales previstos en los Decretos Legislativos Nºs. 276 y 728; Que conforme se indica en el Informe Nº 102013-SUNAT/4F3000, emitido por la Gerencia de Administracion de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se considera necesario modificar el numeral 3.2 del Anexo que aprueba la Resolucion de Superintendencia Nº 173-2012/SUNAT y modificatorias, a fin de incorporar en el Nivel I del componente Funcion Riesgosa a las Rutas Fiscales aprobadas por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, retirandose los tramos en los que existe libre MORDAZA y no MORDAZA considerados como MORDAZA de riesgo; Que asimismo, se ha considerado conveniente precisar en el numeral 4.1 del referido Anexo que la funcion critica se realiza a tiempo completo cuando el trabajador integra uno o mas proyectos o programas de manera exclusiva; Que a su vez, conforme se indica en el citado Informe, se ha estimado necesario senalar en el numeral 4.3 del citado Anexo que corresponde el otorgamiento de la bonificacion por funcion critica o riesgosa no solo a los programas y proyectos que se encuentren en ejecucion, sino tambien a aquellos que se encuentren en los procesos de planificacion; Que en tal sentido, teniendo en consideracion lo precedentemente expuesto, resulta necesario modificar los numerales 3.2, 4.1 y 4.3 del Anexo de la citada Resolucion de Superintendencia Nº 173-2012/SUNAT y modificatorias; Que de acuerdo con lo previsto en el articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podra disponer que el acto administrativo tenga eficacia anticipada a su emision; De conformidad con lo senalado en el Informe Nº 102013-SUNAT/4F3000 de la Gerencia de Administracion de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos y en uso de las facultades conferidas en el articulo 12º de la Ley Nº 29816 y en los incisos g) y u) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, con eficacia al 1 de MORDAZA de 2013, la modificacion del numeral 4.3 del Anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 173-2012/ SUNAT y modificatorias, en los terminos dispuestos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion de los numerales 3.2 y 4.1 del Anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 173-2012/SUNAT y modificatorias, en los terminos dispuestos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional (www.sunat.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional ANEXO DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 281-2013/SUNAT "3. Formulacion de la BFCR (...) 3.2. En el siguiente cuadro se muestra las funciones establecidas como criticas y las zonas diferenciadas como funcion riesgosa. Asimismo se establecen cuatro niveles de criticidad con dos subniveles cada uno para el caso del componente de Funcion Critica y dos niveles de riesgo para el caso de Funcion Riesgosa. Los niveles de criticidad o riesgo se detallan en los siguientes cuadros:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban modificacion del Anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 173-2012/SUNAT y modificatorias, que aprueba Disposiciones Reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificacion por Funcion Critica o Riesgosa a los trabajadores de la SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 281-2013/SUNAT MORDAZA, 11 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que el articulo 12º de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, autoriza a la SUNAT a otorgar una bonificacion adicional por funcion critica, la misma que se otorga solo en funcion del trabajo critico o riesgoso efectivamente realizado; asimismo, precisa que dicha bonificacion se aprueba mediante Resolucion de Superintendencia; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 173-2012/SUNAT modificada por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 277-2012/SUNAT y 087-2013/ SUNAT, se aprobaron las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificacion por funcion critica

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