Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Educacion Secundaria, Especialidad Educacion Fisica, con funcionamiento en su Centro Academico de la MORDAZA de Pomabamba. 4. Facultad de Ciencias de la Salud, con la MORDAZA profesional y segundas especialidades siguientes: MORDAZA Profesional de Enfermeria, con funcionamiento en su Filial Universitaria de la MORDAZA de Sullana. Segundas Especialidades en: Enfermeria en Cuidados Intensivos del Adulto Enfermeria en Cuidados Neonatales Enfermeria en Emergencias y Desastres Gerencia en Servicios de Salud Enfermeria en Cuidados Oncologicos Con funcionamiento en su sede central de la MORDAZA de Chimbote, departamento de Ancash. 5. Facultad de Ingenieria, con la MORDAZA profesional de: Ingenieria Civil, con funcionamiento en sus Filiales Universitarias de las ciudades de Iquitos, Satipo y Pucallpa. II. PROGRAMAS ACADEMICOS DE POSGRADO: Maestria en Salud Publica Maestria en Ciencias de Enfermeria Maestria en Educacion con mencion en Ciencias Religiosas e Investigacion Doctorado en Ciencias de Enfermeria Con funcionamiento en su sede central de la MORDAZA de Chimbote. Articulo 2°.- Registrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en el articulo precedente, y dispongase la difusion de la presente Resolucion a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion y a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General de la Institucion, para los fines que dispone la Ley. Articulo 3º.- Disponer la verificacion in situ de las instalaciones en donde se desarrollan los programas academicos de pregrado y posgrado que han sido registrados en la Asamblea Nacional de Rectores mediante la presente resolucion (Sede Central, Centro Academico y Filiales Universitarias), a fin de asegurar una formacion educativa de calidad que tanto requiere el pais; encargandosele a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de nuestra institucion el cumplimiento del presente articulo. Articulo 4°.- Publiquese la presente resolucion en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 986058-1

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las comunicaciones, de fecha 30 de octubre de 2012, de fecha 04 de marzo de 2013; informe Nº 145-2013DGDAC, de fecha 16 de MORDAZA de 2013; el memorando Nº 810-2013-SE, de fecha 19 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones especificas e indelegables que estan establecidas en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribucion de esta MORDAZA concordar los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, mediante Decreto Ley Nº 23120, se reconoce a la Escuela de Administracion de Negocios para Graduados como Centro de Posgrado en Educacion Superior con rango universitario; sin embargo, mediante Ley Nº 28021 se crea la Universidad de Administracion de Negocios ­ ESAN, denominandola Universidad ESAN, con arreglo a la Ley Universitaria Nº 23733, sus normas, modificatorias y complementarias; exceptuandola con caracter extraordinario y por unica vez del cumplimiento de los requisitos de acreditacion ante el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU; Que, teniendo en cuenta los alcances del primer considerando de la presente resolucion, el Rector de la Universidad ESAN solicita a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficializacion de los programas academicos de posgrado que se han creado en su representada, adjuntando para tal efecto la documentacion correspondiente, a su vez, remite informacion relacionada a los programas academicos de pregrado que imparten, los cuales forman parte de su actual estructura academica: I. CREACION DE PROGRAMAS ACADEMICOS DE POSGRADO 1. Maestria en Administracion 2. Maestria en Direccion de Empresas 3. Maestria en Finanzas y Derecho Corporativo 4. Maestria en Finanzas Aprobada la ratificacion de sus creaciones en la Sesion N° 02/2013 del Consejo Universitario, de fecha 11 de febrero de 2013. II. PROGRAMAS ACADEMICOS DE PRE Y POSGRADO QUE SE ENCUENTRAN REGISTRADOS OFICIALMENTE EN LA ANR: I. PROGRAMAS ACADEMICOS DE PREGRADO: 1. FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES, con las siguientes carreras profesionales: - Psicologia Organizacional - Psicologia del Consumidor - Derecho Corporativo Registradas mediante Resolucion N° 0458-2008-ANR, de fecha 13 de MORDAZA de 2010, y por Resolucion N° 9622012-ANR, de fecha 10 de agosto de 2012, se adscriben a esta facultad las carreras profesionales de Psicologia. 2. FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS, con las siguientes carreras profesionales: - Administracion y Finanzas - Administracion y Marketing - Economia y Negocios Internacionales

Declaran que la Universidad ESAN ha cumplido con las disposiciones de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creacion y funcionamiento de programas academicos de posgrado
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1341-2013-ANR MORDAZA, 26 de agosto de 2013

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