Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

502746
el Consejo Regional de Ucayali aprobo la siguiente Ordenanza Regional: ORDENA: Articulo Primero.- CREASE la COMISION REGIONAL ANTICORRUPCION DE UCAYALI, como Comision Multisectorial no incorporada como unidad organica que tiene como objetivo principal implementar acciones de prevencion y combate de la corrupcion en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion. Articulo Segundo.La Comision Regional Anticorrupcion de Ucayali, se encuentra conformada por: - Presidente del Gobierno Regional de Ucayali. - Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. - Gobernadora de la Region. - Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado de Ucayali. - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Ucayali. - Secretario Tecnico de la Comision Regional Anticorrupcion de Ucayali. - Jefe de la Oficina Descentralizada de la Contraloria de la Republica (Miembro Observador). - Representante de la Defensoria del Pueblo (Miembro Observador). - Decano del Colegio de Abogados de Ucayali. Articulo Tercero.- DISPONER que el cargo de presidente de la Comision sera por un (01) ano y tendra caracter rotativo entre los representantes de las entidades publicas, puesto que el cargo presidencial solo podra recaer en los representantes de estas, cuya eleccion se efectuara en la sesion de instalacion de la Comision creada. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Comision Regional Anticorrupcion de Ucayali elaborara su Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) dias calendario contabilizado desde su primera sesion. Articulo Quinto.- ESTABLECER que la primera prioritaria e importante tarea a desarrollar por la Comision sera la elaboracion del Plan Regional de Lucha contra la Corrupcion, instrumento que permitira focalizar las acciones preventivas y de sancion sobre la base de la identificacion de los procesos y practicas que generan mayor riesgo o vulnerabilidad a la corrupcion en la region. Articulo Sexto.- ESTABLECER que el Gobierno Regional brindara el apoyo tecnico y logistico que requiera la Secretaria Tecnica para el cumplimiento efectivo de sus funciones. Articulo Setimo.- ENCARGUESE a la Oficina Regional de Administracion la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y a la Oficina de Sistemas su difusion en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) Articulo Octavo.- DISPENSAR la presente Ordenanza del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, al primer dia del mes de agosto del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 985992-1

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 357-MSI emitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho Distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 1865 MORDAZA, 3 de setiembre de 2013 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 03 de setiembre del 2013, el Oficio Nº 001-090-00007098 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 357-MSI, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del citado Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 26 de diciembre de 2004 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria, con sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con caracter de Declaracion Jurada, y la citada entidad, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000682 opinando que procede la ratificacion solicitada por cumplir con la Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 y las Directivas 001-006-00000005 publicada el 16 de marzo de 2005 y N 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011; Que la prestacion del servicio se efectuara en 1,478 espacios de lunes a sabado desde las 9:30 hasta las 20:30 horas, con la tasa de S/. 0.50 por 30 minutos, y los ingresos que la citada Municipalidad ha proyectado percibir financiaran el 99.78% de los costos del servicio y la diferencia sera cubierta con otros ingresos que perciba la mencionada municipalidad. De acuerdo con lo opinado por el SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº 222 -2013-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N°357MSI, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho Distrito, cuyo servicio se prestara en 1,324 espacios, de lunes a sabado desde las 9:30 hasta las 20:30 horas. Articulo Segundo.- La ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del presente Acuerdo ratificatorio, asi como del texto integro de la Ordenanza N° 357-MSI; que contienen los MORDAZA de estructura de costos, de estimacion de ingresos y la cantidad de espacios habilitados, por lo que su aplicacion sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.