Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013 502847 De conformidad con lo dispuesto por la Ley ʋ 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley ʋ 28175 – Ley Marco del Empleo Público, el Decreto Legislativo ʋ 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MARISOL TOBALINA DODERO DE UMBERT en el cargo de confi anza de Directora II de la Ofi cina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP 987600-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban Norma Técnica Comple- mentaria “Servicios Médicos en los Aeródromos” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 410-2013-MTC/12 Lima, 8 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para regular aspectos de orden técnico y operativo a través, entre otros, de normas técnicas complementarias, conforme lo señala el literal d) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo No. 050- 2001-MTC; Que, conforme a la sección 11.230 de la RAP 11 de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP, aprobada por Resolución Directoral No. 332-2010-MTC/12, las Normas Técnicas Complementarias son emitidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil para regular aspectos técnicos específi cos no contemplados en las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; Que, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, con Resolución Directoral N° 192-2013- MTC/12 del 09 de mayo de 2013 se dispuso la difusión en la página web del MTC del proyecto de Norma Técnica Complementaria “Servicios Médicos en los Aeródromos”; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusión del proyecto mencionado, sin que se hayan recibido comentarios al mismo, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe el texto correspondiente, el cual cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones, la Dirección de Regulación y Promoción y la Asesoría Legal, emitidas mediante Memorando N° 546- 2013-MTC/12.04, Memorando N° 911-2013-MTC/12.07, Informe Nº 402-2013-MTC/12.08 y Memorando Nº 1161- 2013-MTC/12.LEG, respectivamente; Que, por lo expuesto, habiéndose cumplido con el proceso de elaboración normativa que contempla la difusión del dispositivo, recepción y evaluación de comentarios y aportes de los interesados, procede la aprobación del texto de la NTC; De conformidad con la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, la RAP 11; y, estando a lo opinado por la Dirección de Regulación y Promoción; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Norma Técnica Complementaria “Servicios Médicos en los Aeródromos”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil APÉNDICE 01 Requerimientos Funcionales y Equipamiento Requerimientos Funcionales - Un área de examen que garantice la intimidad del paciente (ej. uso de un biombo desplegable). La mesa de examen debe ser accesible por tres lados. - Un área de consulta para trabajo de escritorio y atención del paciente. - La puerta de ingreso debe permitir el ingreso de una persona en silla de ruedas. La puerta se debe abrir evitando la vista directa del interior. - Área mínima de 20 metros cuadrados con un ancho mínimo de 3.30 metros. - Cinco tomacorrientes dobles. - Un interruptor simple. - Dos lámparas fl uorescentes. - Un punto de agua potable. - Dos puntos de desagüe. - Un lavadero de acero inoxidable con escurridero. - Un teléfono fi jo. - Un router para el servicio de wi-fi . - Una radio portátil. - Una radio portátil para desastres a dynamo. - Dos puntos de red conectados a la red informática del aeródromo. - Iluminación y ventilación natural. - Listado de teléfonos de contactos de emergencia, del explotador del aeródromo y de las líneas aéreas que operen en el aeródromo. - Luz de emergencia. - Mapa reticular del terminal del aeródromo. - Mapa del terminal del aeródromo. Equipamiento - 01 camilla para examen. - 01 camilla a ruedas portátil y desmontable, y mantas. - Camillas rígidas con correas de sujeción y abrazaderas para facilitar el transporte dentro de las aeronaves y Cuellos cervicales, en cantidades sufi cientes de acuerdo al informe del coordinador médico. - Equipos de oxígeno y respiratorio de emergencia. - 01 escalinata de dos peldaños. - 01 escritorio. - 04 sillas. - 01 vitrina para instrumental y fármacos con cerradura. - 01 biombo de dos cuerpos. - 01 negatoscopio de 01 campo. - 01 balanza con tallímetro. - 01 tensiómetro de brazalete para adultos. - 01 tensiómetro pediátrico - 01 estetoscopio con campana y diafragma - 01 estetoscopio pediátrico - 01 pantoscopio - 01 oto-oftalmoscopio - Electrocardiógrafo (CSR) - 01 oximetro de pulso - 01 linterna médica - 01 martillo para refl ejos - 01 tambor de gasa - 01 gestograma - 01 centímetro o cinta métrica inextensible - 01 fetoscopio de Pinard