Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2013 (13/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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CONSIDERANDO: Que con Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 0530-2012/SUNAT/A, se aprobo el Procedimiento Especifico "Inmovilizacion ­ Incautacion y Sanciones Aduaneras" INPCFA-PE.00.01 (version 5), recodificado mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 00171-2013/ SUNAT/300000; Que a su vez, con Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 0529-2012/SUNAT/ A, se aprobo el Procedimiento Especifico "Solicitudes de Levantamiento de Inmovilizacion y Devolucion de Mercancias Incautadas" INPCFA-PE.00.02, recodificado mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 00171-2013/SUNAT/300000; Que teniendo en cuenta las recientes modificaciones normativas y organizacionales de la institucion resulta necesario actualizar el referido procedimiento e integrar las normas que resultan necesarias para su aplicacion; Que la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT aprobara los procedimientos, instructivos y circulares en cuanto no se opongan a la Ley General de Aduanas y su Reglamento; Que conforme al articulo 14º del Reglamento que establecen disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el 26 de MORDAZA de 2013 se publico en el MORDAZA web de la SUNAT, el proyecto de la presente norma; En merito a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y en uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y estando a lo dispuesto por la Resolucion de Superintendencia Nº 0282012/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase el Procedimiento Especifico "Inmovilizacion -Incautacion y Determinacion Legal de Mercancias" INPCFA-PE.00.01 (version 6) que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Dejanse sin efecto los Procedimientos Especificos "Inmovilizacion ­ Incautacion y Sanciones Aduaneras" INPCFA-PE.00.01 (version 5) y "Solicitudes de Levantamiento de Inmovilizacion y Devolucion de Mercancias Incautadas" INPCFA-PE.00.02, recodificados mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 00171-2013/SUNAT/300000. Articulo 3º.- Sustituyanse el articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 208-2013/SUNAT/300000 y el inciso b) del numeral 3) del rubro VII A3) del Procedimiento Especifico "Inspeccion de Mercancias en MORDAZA Primaria" INPCFAPE.01.03 (version 2), aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 2082013/ SUNAT/300000, por los textos siguientes: "Articulo 2º.- Dejanse sin efecto el Procedimiento Especifico "Inmovilizacion e Inspeccion de Carga en MORDAZA Primaria" INPCFA-PE.01.03 aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 05812003/SUNAT/A asi como la Circular Nº INPC.CR.0022002." "b) Mercancia ha sido retirada del almacen aduanero, MORDAZA de notificada mediante correo electronico la inmovilizacion. La fecha y hora de salida se verifica en el ticket de balanza de salida o equivalente". Articulo 4º.- La presente Resolucion entrara en vigencia en el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas

El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013

INMOVILIZACION - INCAUTACION Y DETERMINACION LEGAL DE MERCANCIAS CODIGO : INPCFA- PE.00.01 VERSION : 6 I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para inmovilizar e incautar mercancias, bienes y medios de transporte, asi como para determinar la condicion legal de las mercancias de acuerdo a la Ley General de Aduanas y a la Ley de los Delitos Aduaneros, segun corresponda. II. ALCANCE Esta dirigido a la Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera (INPCFA) e intendencias de aduana de la Republica. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad del Intendente Nacional de la INPCFA, de los intendentes de aduana, los gerentes, los jefes de division, los jefes de las oficinas de oficiales de aduana y el personal autorizado de las citadas intendencias. IV. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS Para efectos del presente procedimiento se entiende por: Acta de Inmovilizacion - Incautacion.- Documento publico mediante el cual el funcionario aduanero deja MORDAZA de la aplicacion de una medida preventiva. Las caracteristicas de este formato se detallan en el Instructivo de Trabajo "Confeccion, llenado y registro del Acta de Inmovilizacion -Incautacion" INPCFA-IT.00.01 (version 2). Acta de Levantamiento de Inmovilizacion.Documento publico mediante el cual el funcionario aduanero deja MORDAZA de la desactivacion de la inmovilizacion dispuesta sobre una determinada mercancia (ver Anexo I). Acta de Verificacion.- Documento publico mediante el cual se deja MORDAZA de la verificacion fisica de las mercancias inmovilizadas o incautadas se describen sus caracteristicas y las acciones realizadas (ver Anexo II). Acta Probatoria.- Documento publico mediante el cual el Fedatario Fiscalizador deja MORDAZA de los hechos que comprueba con motivo de la inspeccion, control y/o verificacion de la obligaciones tributarias y en el que deja expresado la infraccion cometida en pleno ejercicio de sus funciones, de acuerdo a los criterios establecidos para su levantamiento. MTC.- Ministerio de Transportes y Comunicaciones. PNP.- Policia Nacional del Peru. SIGEDA: Sistema de Gestion de Delitos e Infracciones Aduaneras y Trafico Ilicito de Mercancias (TIM). V. BASE LEGAL Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053 publicado el 27.6.2008 y normas modificatorias. Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF publicado el 16.1.2009 y normas modificatorias. Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009-EF, publicado el 11.2.2009 y normas modificatorias. Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF publicado el 22.6.2013. Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, publicada el 19.6.2003 y normas modificatorias.

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