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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Sábado 14 de setiembre de 2013 502950 Denominación Letras del Tesoro 13SEP2014 Moneda Nuevos Soles Monto referencial S/. 15 000 000,00 Valor Nominal S/. 100,00 Modalidad de subasta Subasta híbrida (de precios mixtos) Fecha de la subasta 17 de septiembre de 2013 Fecha de liquidación 18 de septiembre de 2013 Variable a subastar Tasa de rendimiento Tasa de interés Efectiva, base 30/360 Forma de emisión Al descuento Participantes de la subasta Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas por el MEF Monto a pagar El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio de la Letra calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.12 del Reglamento de Letras del Tesoro. Modalidad de pago El pago se realizará mediante transferencia enviada a través del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR) del BCRP, a la cuenta corriente en moneda nacional en el Banco Central de Reserva del Perú Nº 11040103570199000000- MEF-DGTEP-Cuenta Liquidadora Moneda Nacional, hasta las 15:00 horas de la fecha de liquidación. Pago del principal A través de CAVALI S.A. ICLV Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LINARES PEÑALOZA Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público 988295-1 Aprueban la “Directiva para la implementación del acceso de los gobiernos regionales y gobiernos locales al financiamiento con la emisión de bonos soberanos aprobada por el Decreto Supremo Nº 224-2013-EF” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 064-2013-EF/52.01 Lima, 13 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta el contexto actual de menor crecimiento de la economía mundial, y su impacto en la economía peruana a través de la caída de los términos de intercambio, menores volúmenes de exportación, y por tanto, una menor recaudación, lo cual afecta los ingresos del Estado en general, y a fi n de asegurar la continuidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales fi nanciados con los ingresos provenientes de los conceptos canon y otros, a nivel regional y local, mediante el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 224-2013-EF, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos hasta por la suma de S/. 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada, en uno o varios tramos, durante los años 2013 y 2014, y que se destinará a fi nanciar proyectos de inversión pública, que se encuentran en la etapa de ejecución, a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, de acuerdo con el Numeral 4.6 del Artículo 4 del acotado Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, podrá emitir las disposiciones necesarias para la operatividad de lo dispuesto en el citado Artículo, referido a la emisión de bonos soberanos; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modifi cado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y el Decreto Supremo N° 224-2013-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la “DIRECTIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL ACCESO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES AL FINANCIAMIENTO CON LA EMISIÓN DE BONOS SOBERANOS APROBADA POR EL DECRETO SUPREMO N° 224-2013-EF”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LINARES PEÑALOZA Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público DIRECTIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL ACCESO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES AL FINANCIAMIENTO CON LA EMISIÓN DE BONOS SOBERANOS APROBADA POR EL DECRETO SUPREMO N° 224-2013-EF TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ley General Para efectos de la presente Directiva, toda referencia a la Ley General, se entiende al Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modifi cado por la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Artículo 2.- Objetivo Establecer el procedimiento para que los Gobiernos Regionales (GGRR) y Gobiernos Locales (GGLL) puedan acceder al fi nanciamiento de sus Proyectos de Inversión Pública (PIP), que se encuentran en la etapa de ejecución, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 224-2013-EF. Artículo 3.- Base Legal La presente Directiva tiene el siguiente marco legal: - Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y normas modifi catorias. - Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. - Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público. - Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF - Texto Único Ordenado de la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2012-EF - Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF y