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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Sábado 14 de setiembre de 2013 502940 SANDOVAL, con CIP Nº 121822000 y con DNI Nº 08686005, al Técnico 1º EP Wenceslao SAMANIEGO ASTETE, con CIP Nº 313263300 y con DNI Nº 43587803, y al Subofi cial 2º EP Aldo Javier HUAMAN MEDINA, con CIP Nº 329698900 y con DNI Nº 43958186, para participar en el curso “Fundamentos de Sistemas de Información Geográfi ca” que se realizará en la ciudad de Bogotá – República de Colombia, del 16 al 20 de setiembre de 2013; así como autorizar su salida del país el 15 de setiembre de 2013 y su retorno el 20 de setiembre de 2013. Artículo 2°.- El Instituto Geográfi co Nacional efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima - Bogotá (Colombia) - Lima US$ 1,780.00 x 3 personas US$ 5,340.00 Viáticos: US$ 370.00 x 6 días x 3 personas US$ 6,660.00 -------------------- TOTAL: US$ 12,000.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 988300-2 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 494-2013-DE/MGP Lima, 13 de setiembre de 2013 Visto, el Ofi cio P.200-1699 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 23 de agosto de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Armada de Chile, ha cursado invitación para que UN (1) Ofi cial Subalterno de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Quincuagésimo Octavo Crucero de Instrucción del Buque Escuela “ESMERALDA”, como Ofi cial Observador de las actividades formativas y maniobras propias de un velero, debiendo embarcarse en el puerto de Valparaíso, República de Chile, del 16 de setiembre de 2013 al 9 de abril de 2014; Que, la designación de Personal Naval para participar como Ofi cial Observador en el referido Crucero de Instrucción, responde a la necesidad de ejercitar y perfeccionar al Ofi cial en las nuevas doctrinas y avances tecnológicos utilizados por la Armada de Chile, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país, con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza mutua entre la Marina de Guerra del Perú con Instituciones Armadas de otros países, para luego ser aplicados en benefi cio de la Institución; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013 y su modifi catoria, aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013, debido a que la invitación fue recibida con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú, y la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión de Servicio abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 16 de setiembre al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y para completar el periodo de duración de la Comisión de Servicio a partir del 1 de enero al 9 de abril de 2014, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Segundo Jhonathan Ralf RIVERA Delgado, para que participe en el Quincuagésimo Octavo Crucero de Instrucción del Buque Escuela “ESMERALDA”, como Ofi cial Observador de las actividades formativas y maniobras propias de un velero, debiendo embarcarse en el puerto de Valparaíso, República de Chile, del 16 de setiembre de 2013 al 9 de abril de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas y sus modifi catorias, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de