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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (16/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

El Peruano Lunes 16 de setiembre de 2013 503048 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Noruega, Dinamarca, Suecia y Polonia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2013-MINCETUR/DM Lima, 12 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR viene desarrollando actividades de promoción de carácter internacional, con el objeto de promover la imagen del Perú, difundir nuestros destinos turísticos y oferta exportable, fomentar las exportaciones no tradicionales, impulsar la solución de obstáculos al comercio existentes, atraer la inversión extranjera y consolidar la presencia del Perú en los mercados priorizados; Que, teniendo en cuenta la importancia del Acuerdo Comercial suscrito por el Perú con la Unión Europea y el Acuerdo Europeo de Libre Comercio (EFTA) suscrito por el Perú con la Confederación Suiza, el Principado de Liechtenstein, Islandia y el Reino de Noruega, se considera conveniente seguir fortaleciendo las relaciones comerciales y de inversión tanto con los países de la Unión Europea como los de EFTA; Que, para el efecto, el Sector Comercio Exterior y Turismo, ha programado realizar una Misión Comercial de Prospección a Europa, del 23 al 30 de setiembre de 2013, a fi n de difundir las oportunidades comerciales y de inversión que ofrece el Perú, destacando la amplia oferta exportable, los productos de calidad y el crecimiento económico del país; Que, dicha Misión Comercial será liderada por el Viceministro de Comercio Exterior, con la participación de profesionales del MINCETUR, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN y de las Embajadas de Perú en Suecia y Polonia, así como representantes del sector empresarial peruano, con el fi n de generar oportunidades de negocio con los países visitados y presentar casos de éxito; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice su viaje, del señor Diego Alonso Urbina Fletcher, Asesor del Viceministerio de Comercio Exterior y de la señorita Mariana Esther Vega Gaggero, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la Misión Comercial antes mencionada; Que, según los artículos 3° y 4° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, la Entidad es competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior, y responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; coadyuvando al desarrollo creciente y sostenido del país, a través de la adecuada inserción de la producción nacional de bienes y servicios en los mercados internacionales; Que, el artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales y de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de Oslo (Reino de Noruega), Copenhague (Reino de Dinamarca), Estocolmo (Reino de Suecia) y Varsovia (República de Polonia), del señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, del 23 de setiembre al 01 de octubre de 2013, y de los señores Diego Alonso Urbina Fletcher y Mariana Esther Vega Gaggero, del 21 de setiembre al 01 de octubre de 2013, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la Misión Comercial a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Carlos Esteban Posada Ugaz (del 23 de setiembre al 01 de octubre de 2013): Pasajes : US$ 3 583,95 Viáticos (US$ 540,00 x 7 días) : US$ 3 780,00 Diego Alonso Urbina Fletcher y Mariana Esther Vega Gaggero (del 21 de setiembre al 01 de octubre de 2013): Pasajes (US$ 5 905,02 x 2 personas) : US$ 11 810,04 Viáticos (US$ 540,00 x 9 días x 2 personas) : US$ 9 720,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Titular del Sector, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la misión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 987736-1 CULTURA Rectifican error material incurrido en considerandos de la R.VM. Nº 047- 2013-VMPCIC-MC RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 060-2013-VMPCIC-MC Lima, 11 de setiembre de 2013 Vistos, el Memorándum Nº 0263-2013-DDC-APU/MC y el Informe Nº 039-2013-DDC-ADC-APU/MC, remitidos por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac; y, el Informe Nº 453-2013-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 047- 2013-VMPCIC-MC de fecha 19 de julio de 2013, se declaró