Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2013 (16/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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que encargue la atencion del Despacho de la Defensoria del Pueblo, del 17 al 19 de septiembre de 2013, inclusive, tomando en cuenta el itinerario de viaje aprobado por el Despacho; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, modificada por la Ley Nº 29882, y mediante Resolucion Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, de acuerdo con el documento de Visto, el Defensor del Pueblo (e) ha sido invitado por el Defensor del Pueblo de Bolivia, para participar en el Encuentro del Consejo MORDAZA de Defensores del Pueblo, como tambien a los seminarios sobre "Trata y Trafico y de Conflictividad en nuestra Region", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Bolivia, del 17 al 18 de septiembre de 2013; Que, los referidos eventos tienen como objetivo fundamental consolidar una agenda comun del Consejo MORDAZA de Defensores del Pueblo, asimismo analizar y abordar los problemas de trafico, abuso, violencia y maltrato de adultos, ninos y adolescentes derivados de la trata y trafico, asi como tambien, sobre el rol de las defensorias en los diferentes ambitos de intervencion en materia de conflictividad socio ambiental en la region MORDAZA con miras a la defensa del derecho a un ambiente sano y adecuadamente equilibrado y a las posibles violaciones de derechos fundamentales de las personas en el tema de proteccion ambiental; Que, resulta relevante la participacion del Defensor del Pueblo (e) en las referidas actividades por tratarse de un MORDAZA de interes institucional, y vinculado a las funciones que la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo le han encomendado; Que, conforme a lo indicado en el documento de Visto, la Defensoria del Pueblo de Bolivia cubrira los costos de estadia y alojamiento del Defensor del Pueblo (e), correspondiendo a la institucion unicamente el financiamiento de los gastos de pasajes internacionales y de los impuestos aeroportuarios, con cargo al presupuesto institucional, de acuerdo a lo senalado en el Memorando Nº 460-2013-DP/OAF; Que, los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al tesoro publico, y los articulos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establecen que las resoluciones que autoricen los viajes deberan sustentarse en el interes nacional o institucional; e indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos del desplazamiento, viaticos y tarifa CORPAC. Asimismo, el articulo 3º de la Ley N° 27619, dispone la obligacion de publicar la referida resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", con anterioridad al viaje; Que, por otro lado, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, senala que los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autonomos son autorizados excepcionalmente mediante resolucion del titular de la Entidad; Que, el numeral 5.2) de la Directiva Nº 03-2013-DP/ OAF, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 1572013-DP/OAF, que regula los "Procedimientos para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio", establece que la comision de servicios consiste en la accion de desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la localidad o de la sede habitual de labores o donde presta sus servicios, para cumplir con actividades relacionadas a la ejecucion de las finalidades y/o objetivos de la Defensoria del Pueblo; Que, en consecuencia habiendose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad y siendo

El Peruano Lunes 16 de setiembre de 2013

de interes institucional que el Defensor del Pueblo (e) participe en el Encuentro del Consejo MORDAZA de Defensores del Pueblo, como tambien a los seminarios sobre "Trata y Trafico y de Conflictividad en nuestra Region", es procedente que asista a dichos eventos a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Bolivia; Que, asimismo, a efectos de asegurar la continuidad de la gestion institucional, resulta necesario encargar la atencion del Despacho Defensorial a la abogada MORDAZA Rosanna Del MORDAZA Goicochea, Primera Adjunta (e) de la Defensoria del Pueblo, del 17 al 19 de septiembre de 2013 inclusive, y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo (e) de la Entidad; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Gestion y Desarrollo Humano y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, modificada por la Ley Nº 29882; y de conformidad con lo establecido en los literales d) y q) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 0012-2011/ DP; asi como a lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; conforme a la Directiva Nº 003-20130-DP/OAF que regula el Procedimientos para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio de la Defensoria del Pueblo, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 157-2013/DP-OAF y estando al encargo efectuado mediante Resolucion Defensorial N° 004-2011/ DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la atencion del Despacho Defensorial a la abogada MORDAZA Rosanna DEL MORDAZA GOICOCHEA, Primera Adjunta (e) de la Defensoria del Pueblo, del 17 al 19 de septiembre de 2013, inclusive, y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo (e). Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje en comision de servicios del Defensor del Pueblo (e), por el periodo comprendido del 17 al 19 de septiembre de 2013, a fin de participar en las actividades mencionadas en la parte considerativa de la presente resolucion, que se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Bolivia, se efectuaran con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, segun el detalle siguiente: - Pasaje Aereo Internacional (incluye T.U.U.A) TOTAL US$ US$ 798.58 798.58 ======

Articulo Tercero.- Los gastos correspondientes a viaticos del viaje en comision de servicios que realizara el Defensor del Pueblo (e) no irrogaran gastos al presupuesto institucional. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia de la Defensoria del Pueblo (www.defensoria.gob.pe), al dia siguiente de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor Del Pueblo (e) 987784-1

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