Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2013 (16/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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El Peruano Lunes 16 de setiembre de 2013

Declaran nulo lo actuado en procedimiento de suspension seguido contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao, e improcedente solicitud de suspension
RESOLUCION Nº 823-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00788 MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA - CALLAO MORDAZA, tres de setiembre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Lecca Rubio, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, provincia constitucional del Callao, contra el Acuerdo de Concejo Nº 031-2013-MDCLR, de fecha 12 de junio de 2013, que aprobo la solicitud de suspension interpuesta en su contra, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Solicitud de suspension Mediante escrito, de fecha 2 de MORDAZA de 2013 (fojas 81 a 85), MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la suspension del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecca Rubio, por considerarlo incurso en la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por sancion impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal (en adelante RIC). El pedido de suspension senala que el MORDAZA ha infringido el articulo 48 del RIC (foja 32), toda vez que en la sesion ordinaria del 2 de MORDAZA de 2013, bajo su direccion, no considero un pedido del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Carta S/N-2013), motivo por el cual el mismo no fue incluido en la estacion de pedidos y orden del dia de la misma. A criterio del solicitante, lo anterior habria configurado la comision de una falta grave y, por consiguiente, debe imponersele al MORDAZA la sancion de suspension. Adicionalmente, el solicitante adjunta tres cartas remitidas al MORDAZA de dicha comuna, tales son: a) Carta de fecha 4 de MORDAZA de 2013 (foja 87 y 88) en la que los regidores solicitan, entre otras cosas, la continuacion de la sesion suspendida en la misma fecha, b) Carta notarial del 9 de MORDAZA de 2013 (fojas 89 a 91) en la que reiteran lo solicitado en la misiva anterior, y c) Carta de fecha 19 de MORDAZA de 2013 (fojas 92 y 93) en la que los regidores solicitan el cumplimiento de determinadas formalidades previstas en la LOM para la convocatoria a sesiones de concejo. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA En sesion extraordinaria, de fecha 12 de junio de 2013 (fojas 3 a 12), con cinco votos a favor y tres en contra, el Concejo Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA aprobo la solicitud de suspension del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecca Rubio por veinticinco dias. Esta decision fue plasmada en el Acuerdo de Concejo Nº 031-2013-MDCLR (fojas 68 y 69). Consideraciones del apelante Con fecha 26 de junio de 2013, MORDAZA MORDAZA Lecca Rubio interpone recurso de apelacion (fojas 14 a 23) contra el Acuerdo de Concejo Nº 031-2013-MDCLR, senalando que ha sido sancionado por un supuesto no previsto en el RIC y que ademas dicho dispositivo no tiene validez juridica puesto que no cumple con el MORDAZA de publicidad.

A tal efecto, probatorios:

adjunta

los

siguientes

medios

· MORDAZA certificada del RIC de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA (fojas 27 a 42), aprobado mediante Edicto Nº 001-2003-MDCLR, de fecha 28 febrero de 2003, y ratificado en los Acuerdos de Concejo Nº 019-2007-MDCLR (foja 26), del 29 de enero de 2007, y Nº 008-2012-MDCLR (foja 25), del 20 de enero de 2012. · MORDAZA certificada del antecedente del RIC de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA (fojas 43 a 58), aprobado mediante Edicto Nº 001-1996MDCLR, de fecha 15 de enero 1996. · MORDAZA certificada del Edicto Nº 001-99-MDCLR (fojas 59 a 61), mediante el cual se aprobo la modificacion del RIC que fuera aprobado por Edicto Nº 001-1996MDCLR. · Carta de fecha 18 de junio de 2013 (foja 65), suscrita por MORDAZA MORDAZA Russo, director de medios periodisticos (e) de Editora Peru, mediante la cual remite el Memorandum Nº 069-D0010-EP-2013 (foja 66), emitido por la jefa del Centro de Documentacion del Diario Oficial El Peruano, en el cual se informa que el Acuerdo de Concejo Nº 0192007-MDCLR y el Edicto Nº 019-2003-MDCLR no han sido publicados en la separata de normas legales del referido diario. Asimismo, con escrito de fecha 23 de MORDAZA de 2013 (foja 125), el recurrente adjunto las siguientes comunicaciones, remitidas por MORDAZA MORDAZA Russo, director de medios periodisticos (e) de Editora Peru: · Carta de fecha 18 de MORDAZA de 2013 (foja 126), que remite el Memorandum Nº 080-D0010-EP-2013 (foja 127), mediante el cual la jefa del Centro de Documentacion del Diario Oficial El Peruano informa que el Edicto Nº 0011996-MDCLR no ha sido publicado en la separata de normas legales del referido diario. · Carta de fecha 18 de MORDAZA de 2013 (foja 128), que remite el Memorandum Nº 081-D0010-EP-2013 (foja 129), mediante el cual la jefa del Centro de Documentacion del Diario Oficial El Peruano informa que el Edicto Nº 0011999-MDCLR no ha sido publicado en la separata de normas legales del referido diario. · Carta de fecha 18 de MORDAZA de 2013 (foja 130), que remite el Memorandum Nº 079-D0010-EP-2013 (foja 131), mediante el cual la jefa del Centro de Documentacion del Diario Oficial El Peruano informa que el Acuerdo de Concejo Nº 019-2007-MDCLR no ha sido publicado en la separata de normas legales del referido diario. · Carta de fecha 11 de MORDAZA de 2013 (foja 132), que remite el Memorandum Nº 077-D0010-EP-2013 (foja 133), mediante el cual la jefa del Centro de Documentacion del Diario Oficial El Peruano informa que el Acuerdo de Concejo Nº 008-2012-MDCLR no ha sido publicado en la separata de normas legales del referido diario. Escrito de desistimiento del solicitante El solicitante de la suspension, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con escrito de fecha 3 de MORDAZA de 2013, formula desistimiento del procedimiento y de la pretension en forma directa ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, sobre la base del articulo 189 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG). CUESTIONES EN DISCUSION Las materias controvertidas en el presente caso consisten en determinar lo siguiente: a. La procedencia del desistimiento formulado por MORDAZA MORDAZA Ramirez. b. Si el RIC fue publicado de acuerdo con las formalidades previstas en la LOM. c. Si el RIC cumple con el MORDAZA de tipicidad. d. De ser ese el caso, correspondera valorar si la conducta imputada al MORDAZA distrital debe ser considerada como falta grave.

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