Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2013 (25/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERG N° 329-2004-OS/CD, su Exposicion de motivos y el Informe Tecnico-Legal N° 397-2013-GART, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: soportevnr@osinergmin.gob.pe. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 6:00 p.m. Articulo 3.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de los comentarios que se presenten respecto al proyecto de MORDAZA, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo del OSINERGMIN. Articulo 4.- La fecha limite para la MORDAZA de la informacion de las Altas y Bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribucion electrica correspondientes al periodo 01 de MORDAZA de 2012 al 30 de junio de 2013, a que se refiere el numeral 5 de la "Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo de las Instalaciones de Distribucion Electrica", aprobada mediante la Resolucion N° 329-2004OS/CD, sera el 30 de enero de 2014. Articulo 5.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 992146-1

El Peruano Miercoles 25 de setiembre de 2013

Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 201-2013-INDECOPI/ COD publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de setiembre de 2013, el Consejo Directivo designo a la senora MORDAZA MORDAZA Martinelli MORDAZA y a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembros de la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal; Que, en ese sentido, a la fecha, la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal se encuentra integrada por 3 miembros, por lo que resulta pertinente completar la designacion de todos sus Comisionados, a fin de que dicho organo colegiado cuente con el numero legal de integrantes previstos en la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Tavera Colunga como miembro de la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 992290-1

Designan miembros de la Comision de Defensa de la Libre Competencia
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 225-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 20 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 070-2008-INDECOPI/DIR publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (ahora Consejo Directivo) establecio la conformacion de la Comision de Defensa de la Libre Competencia; Que, habiendo transcurrido el plazo de cinco (05) anos de la designacion de los Comisionados realizada mediante Resolucion N° 070-2008-INDECOPI/DIR, resulta pertinente efectuar la reconformacion de la Comision de Defensa de la Libre Competencia, a fin de que dicho organo colegiado cuente con el numero legal de integrantes previstos en la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 16 de septiembre de 2013, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida la designacion, por vencimiento de mandato, de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Perez-Reyes MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Phumpiu MORDAZA, como miembros de la Comision

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembro de la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 224-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 20 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del articulo 21º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, las Comisiones del area de competencia se encuentran conformadas por 4 miembros;

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