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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (25/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Miércoles 25 de setiembre de 2013 503587 Benefi cios y otras Derivadas”, organizado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID); Que en su solicitud, el Ingeniero César Rodríguez Alegre señala que su participación en el seminario es de especial importancia para la institución debido a que nos encontramos en un proceso de modernización que aspira formas modernas de administración como la del gobierno electrónico: Que en la carta de invitación cursada al Ingeniero César Rodríguez Alegre se especifi ca que el costo de los pasajes aéreos de ida y vuelta no forman parte de la beca, motivo por el cual solicita que los pasajes sean patrocinados por el Tribunal Constitucional; Que atendiendo a la importancia del tema a tratar en el seminario y la valiosa experiencia e información que el Ingeniero César Rodríguez Alegre aportará a nuestra institución, resulta procedente apoyar su participación asumiendo el costo del pasaje aéreo; Con cargo a informar al Pleno, en uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Nº 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, su Reglamento Normativo y según lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento Interno de Trabajo SE RESUELVE Artículo Primero.- CONCEDER al Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de la Información, señor Ingeniero César Rodríguez Alegre, licencia con goce de haberes del 23 al 27 de septiembre de 2013, para participar en el seminario “La Implementación de la Administración Electrónica en España: Sus Experiencias, Benefi cios y otras Derivadas”, a realizarse en Cartagena. Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del Tribunal Constitucional, por la suma de S/. 1485.47 (mil cuatrocientos ochenticinco y 47/100 nuevos soles), correspondientes al costo del pasaje Lima - Cartagena - Lima. Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Ingeniero César Rodríguez Alegre deberá informar sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en el seminario de la referencia. Artículo Quinto.- Comunicar la presente Resolución al interesado y a las Ofi cinas de Administración de Personal y Control Institucional. Regístrese y comuníquese. OSCAR URVIOLA HANI Presidente 991571-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban transferencia financiera de los recursos del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Municipalidad Distrital de Iparia, para financiar proyecto de inversión pública ACUERDO Nº 132-2013-GRU/CR Pucallpa, 16 de agosto del 2013 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de Agosto del 2013, con el voto unánime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera de los Recursos del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Municipalidad Distrital de Iparia para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública: “MEJORAMIENTO DEL MOBILIARIO ESCOLAR EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LAS LOCALIDADES DEL DISTRITO DE IPARIA – CORONEL PORTILLO – UCAYALI, con Código SNIP Nº 255918, por un monto de S/. 130,827.00, en cumplimiento de la Clausula Quinta, numeral 5.1.1 del Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 0055-2013 de fecha 01/07/2013 suscrito entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Municipalidad Distrital de Iparia; Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un Diario de circulación regional, así como en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe)”. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. EDWIN ACHO CHÁVEZ Consejero Delegado 992169-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 267-2013-A/MDA, que dispone Beneficios de Regularización Extraordinaria, para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias “Cero Deuda” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 18-2013-A-MDA Ancón, 31 de agosto del 2013 VISTO: Informe Nº 114 -2013-GR/MDA, de fecha 31 de agosto del 2013, de la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, disponen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante la Ordenanza Nº 267-2013-MDA, se establece ORDENANZA QUE DISPONE BENEFICIOS DE REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS “DEUDA CERO. Que, mediante informe Nº 114-2013-GR/MDA, la Gerencia de Rentas señala que es necesario prorrogar la vigencia de la mencionada ordenanza, y otorgarles a los contribuyentes la oportunidad de acceder a los benefi cios tributarios de la referida ordenanza. Que la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 267-2013-A/MDA, señala que el Alcalde se encuentra facultado a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza y/o disponer la prórroga de su vigencia total o parcialmente. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por la lLy Orgánica de Municipalidades Nº 27972.