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El Peruano Martes 15 de abril de 2014 521047 la generación de capacidades para la organización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10, sus actividades y eventos conexos”, por el cual se transfi rieron recursos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD; Que, mediante Resolución Ministerial N° 264-2013- MINAM se conformaron equipos de trabajo para la realización de los eventos antes mencionados, entre ellos, el Equipo de Trabajo sobre aspectos de imagen y comunicación, cuya responsable es la señora Vanessa Cecilia Morales Tremolada, Especialista en Comunicación Interna del Área de Comunicaciones e Imagen Institucional, dependiente de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente - MINAM; Que, el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2014, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en tal sentido, la asistencia y participación de la señora Vanessa Cecilia Morales Tremolada, Especialista en Comunicación Interna del Área de Comunicaciones e Imagen Institucional, dependiente de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente - MINAM, en el mencionado evento, se encuentra subsumida en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30114, en razón a que el viaje se efectuará en el marco de la organización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10, por tanto, es de especial interés para el Ministerio del Ambiente; Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar el viaje de la mencionada profesional, cuyos pasajes serán asumidos por los organizadores del evento y los viáticos serán fi nanciados con los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior de la señora VANESSA CECILIA MORALES TREMOLADA, Especialista en Comunicación Interna del Área de Comunicaciones e Imagen Institucional, prestadora de servicios CAS, dependiente de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente - MINAM, a la ciudad de Providence - Estados Unidos de América, del 15 al 17 de abril de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con los recursos transferidos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del Proyecto N° 00087130 “Apoyo a la generación de capacidades para la organización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10, sus actividades y eventos conexos, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 278.00 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la profesional cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente resolución, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 4º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1073865-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Chile, Brasil, Ecuador, Paraguay y los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 260-2014-DE/SG Lima, 12 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 986, 217, 236, 258 y 289 del 17 de diciembre de 2013, 21, 27 de marzo, 2 y 10 de abril de 2014 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, República Federativa del Brasil, República de Ecuador, República del Paraguay y Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G. 500- 1478 del 10 de abril de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Chile, República Federativa del Brasil, República de Ecuador, República del Paraguay y Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 15 al 24 de abril de 2014, a fi n de participar en el Primer Simposio Internacional de Ofi ciales de la Nueva Generación de las Marinas de América, organizado por la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar detallado a continuación, a fi n que participen en el