Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2014 (15/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Primer Simposio Internacional de Oficiales de la Nueva Generacion de las Marinas de MORDAZA, organizado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru. REPUBLICA DE MORDAZA Del 15 al 24 de MORDAZA de 2014 1. MORDAZA Primero 2. MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA Mackay MORDAZA ARRIAGADA Araya

El Peruano Martes 15 de MORDAZA de 2014

de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica del Ecuador detallado a continuacion, del 15 al 18 de MORDAZA de 2014, a fin que participen en la XI Reunion Bilateral entre los Capitanes de Puerto Zorritos y Puerto MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Zorritos. 1. Capitan de Fragata 2. Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA Mino Freddy MORDAZA MORDAZA

REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL Del 15 al 24 de MORDAZA de 2014 1. Capitan MORDAZA 2. Capitan MORDAZA MORDAZA MORDAZA Macieira MORDAZA Nizer MORDAZA Tiellet OLIVEIRA MORDAZA de MORDAZA

REPUBLICA DE ECUADOR Del 15 al 24 de MORDAZA de 2014 1. MORDAZA de Navio SU MORDAZA PAZMINO MORDAZA 2. MORDAZA de Navio GC MORDAZA MORDAZA MORDAZA REPUBLICA DEL MORDAZA Del 16 al 23 de MORDAZA de 2014 1. MORDAZA de Fragata 2. MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1073613-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 262-2014-DE/SG MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 251 del 2 de MORDAZA de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 781-2014-MINDEF/VPD/B/01.a del 11 de MORDAZA de 2014, el Director General (e) de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 17 al 25 de MORDAZA de 2014, a fin de participar en una visita oficial al Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los

ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA Del 16 al 23 de MORDAZA de 2014 1. Capitan de Corbeta 2. MORDAZA Primero Von FERNANDES MORDAZA RITTERMAN

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1073613-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 261-2014-DE/SG MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 289 del 10 de MORDAZA de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500- 1257 del 27 de marzo de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 15 al 18 de MORDAZA de 2014, a fin de participar en la XI Reunion Bilateral entre los Capitanes de Puerto Zorritos y Puerto MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Zorritos; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion

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