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El Peruano Jueves 24 de abril de 2014 521561 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba la canalización de la Banda 698 - 806 MHz Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba la canalización de la Banda 698 – 806 MHz en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, aprobados por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC y la Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba la canalización de la Banda 698 – 806 MHz en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto normativo. Regístrese, comuníquese y publíquese, RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE APRUEBA LA CANALIZACIÓN DE LA BANDA 698 – 806 MHz El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de resolución viceministerial que aprueba la canalización de la Banda 698-806 MHz; a fi n que remitan sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, con atención al Sr. Wilmer Azurza, por escrito a Jr. Zorritos No. 1203 - Cercado de Lima, vía fax al (01) 615-7814 o vía correo electrónico a proyectonormas@mintc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario, de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al presente proyecto de norma. Artículo del Proyecto Comentarios(*) Único Comentarios Generales (*) Adjunte los documentos sustentatorios de sus comentarios de ser pertinentes. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 222-2014-MTC/03 Lima, 10 de abril del 2014 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su artículo 57 que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas por la mencionada Ley y su Reglamento; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su artículo 199 que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; Que, mediante Informe Nº 002-2013-COMISION- MULTISECTORIAL-PNAF, la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planifi cación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del PNAF creada por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, propone canalizar la Banda 698 – 806 MHz en tres (3) bloques de 15 MHz + 15 MHz; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe Nº 220-2013-MTC/26, recomienda la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba la canalización de la Banda 698 – 806 MHz, en los términos propuestos por la referida Comisión Multisectorial Permanente; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de norma de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días calendarios a la fecha prevista para su entrada en vigencia, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendarios, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes; Que, el numeral 5.1 de la Directiva Nº 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01, establece que todo proyecto de norma de carácter general debe ser publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; asimismo, el numeral 5.2 de la Directiva mencionada, establece que la fi nalidad de la publicación de los proyectos normativos es permitir a las personas interesadas y a ciudadanos en general presentar aportes y/o comentarios sobre las medidas propuestas; Que, tratándose de una norma con rango de Resolución Viceministerial, su publicación debe ser aprobada a través de una Resolución Viceministerial, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 6.2.3 de la Directiva citada precedentemente; PROYECTO