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El Peruano Jueves 24 de abril de 2014 521554 aprobación mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en función a los informes técnico y legal previos que obligatoriamente deberán emitirse. Copia de dichas resoluciones o Acuerdos y los Informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloría General de la República y publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) días hábiles de su aprobación, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Que, asimismo debe tenerse en cuenta el pronunciamiento de la Dirección Técnica Normativa del OSCE, en su Opinión Nº 046-2010/DTN, respecto a los alcances e interpretación del artículo 20 inciso e) de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que “en aquellos casos en los que en el mercado nacional exista un único proveedor del bien o servicio requerido por el área usuaria, y este no admita sustitutos, la Entidad puede exonerarse de la obligación de realizar el proceso de selección respectivo, bajo la causal de proveedor único de bienes o servicios”; Que, con Informe Nº 007-2014-GM-MDC, de fecha 14 de abril de 2014, la Gerencia Municipal comunica que la Empresa Luz del Sur S.A.A. ha remitido el presupuesto por los gastos de remoción, traslado y reposición por las afectaciones de redes del Subsistema de Distribución primaria, secundaria y Alumbrado Público generados por la afectación del Proyecto “Instalación de Pistas y Veredas en el Asentamiento Humano Magda Portal en el Distrito de Cieneguilla – Lima - Lima” por el monto de S/.89,875.24 solicitando la aprobación de la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de Remoción, Traslado y Reposición de las redes eléctricas del Subsistema de Distribución Primaria, Secundaria y Alumbrado Público originados por el Proyecto arriba señalado según presupuesto emitido por la Empresa Luz del Sur S.A.A. por el Monto de S/. 89,875.24 (Ochenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco y 24/100 Nuevos Soles), de acuerdo a la información proporcionada por la Subgerencia de Logística a través del Informe Nº186-2014- SGL/MDC; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 41º la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal, adoptó el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección por la causal de proveedor único de servicio que no admite sustitutos, por la exclusividad que ostenta el proveedor en mérito a los derechos concesionados por el Estado, para la contratación del Servicio de Remoción, Traslado y Reposición de las redes eléctricas del Subsistema de Distribución Primaria, Secundaria y Alumbrado Público, correspondiente al proyecto “Instalación de Pistas y Veredas en el Asentamiento Humano Magda Portal en el Distrito de Cieneguilla – Lima - Lima” que será prestado por la empresa LUZ DEL SUR S.A.A., por el valor referencial de S/. 89,875.24 (Ochenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco y 24/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, Especifi ca del Gasto 2.3.2.4.1.2 Mantenimiento, Acondicionamiento y Reparación de Carreteras, Caminos y Puentes, de conformidad a los considerandos expuestos y normativa vigente. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logística la contratación del servicio señalado en el Artículo precedente de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; así como la publicación del presente Acuerdo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación y a la Gerencia de Administración y Finanzas su remisión a la Contraloría General de la República, así como los informes que lo sustentan, dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 1075436-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban Cronograma para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2015 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2014-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Informe Nº 283-2014-GPP/MC de fecha 10.04.2014, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 309-2014-GAJ-MDC de fecha 15.04.2014, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado mediante Ley 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación”; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 17º numeral 1) establece que: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública (…)”; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, establecen las disposiciones generales para la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se precisan los Criterios para delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital en el Presupuesto Participativo; Que, mediante Ordenanza Nº 409-MDC de fecha 10.03.2014, se aprueba el “Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo en el distrito de Comas”, en cuyo artículo 7º se dispone que mediante Decreto de Alcaldía se establezca el Cronograma detallado para la realización y ejecución de los talleres de Trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo, así como las medidas complementarias que sean necesarias para la efi ciente y efi caz desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, mediante Informe Nº 283-2014-GPP/MC, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, expresa la necesidad de programar el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el año 2015, conforme lo dispuesto en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 409-MDC de fecha 10.03.2014; Que, mediante Informe Nº 309-2014-GAJ-MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, opina que el Proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Cronograma para el Proceso del Presupuesto Participativo Multianual para el Año Fiscal en el Distrito de Comas, se encuentra conforme a Ley, correspondiendo al despacho de Alcaldía emitir dicho acto administrativo en uso de sus atribuciones; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;