Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2014 (24/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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aprobacion mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse. MORDAZA de dichas resoluciones o Acuerdos y los Informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Que, asimismo debe tenerse en cuenta el pronunciamiento de la Direccion Tecnica Normativa del OSCE, en su Opinion Nº 046-2010/DTN, respecto a los alcances e interpretacion del articulo 20 inciso e) de la Ley de Contrataciones del Estado, senala que "en aquellos casos en los que en el MORDAZA nacional exista un unico proveedor del bien o servicio requerido por el area usuaria, y este no admita sustitutos, la Entidad puede exonerarse de la obligacion de realizar el MORDAZA de seleccion respectivo, bajo la causal de proveedor unico de bienes o servicios"; Que, con Informe Nº 007-2014-GM-MDC, de fecha 14 de MORDAZA de 2014, la Gerencia Municipal comunica que la Empresa Luz del Sur S.A.A. ha remitido el presupuesto por los gastos de remocion, traslado y reposicion por las afectaciones de redes del Subsistema de Distribucion primaria, secundaria y Alumbrado Publico generados por la afectacion del Proyecto "Instalacion de Pistas y Veredas en el Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA en el Distrito de Cieneguilla ­ MORDAZA - Lima" por el monto de S/.89,875.24 solicitando la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de Remocion, Traslado y Reposicion de las redes electricas del Subsistema de Distribucion Primaria, Secundaria y Alumbrado Publico originados por el Proyecto arriba senalado segun presupuesto emitido por la Empresa Luz del Sur S.A.A. por el Monto de S/. 89,875.24 (Ochenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco y 24/100 Nuevos Soles), de acuerdo a la informacion proporcionada por la Subgerencia de Logistica a traves del Informe Nº186-2014SGL/MDC; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 41º la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal, adopto el siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de proveedor unico de servicio que no admite sustitutos, por la exclusividad que ostenta el proveedor en merito a los derechos concesionados por el Estado, para la contratacion del Servicio de Remocion, Traslado y Reposicion de las redes electricas del Subsistema de Distribucion Primaria, Secundaria y Alumbrado Publico, correspondiente al proyecto "Instalacion de Pistas y Veredas en el Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA en el Distrito de Cieneguilla ­ MORDAZA - Lima" que sera prestado por la empresa LUZ DEL SUR S.A.A., por el valor referencial de S/. 89,875.24 (Ochenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco y 24/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, Especifica del Gasto 2.3.2.4.1.2 Mantenimiento, Acondicionamiento y Reparacion de Carreteras, Caminos y Puentes, de conformidad a los considerandos expuestos y normativa vigente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logistica la contratacion del servicio senalado en el Articulo precedente de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; asi como la publicacion del presente Acuerdo en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE). Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion y a la Gerencia de Administracion y Finanzas su remision a la Contraloria General de la Republica, asi como los informes que lo sustentan, dentro del mismo plazo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1075436-1

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Cronograma para el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2015
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2014-MDC EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Informe Nº 283-2014-GPP/MC de fecha 10.04.2014, emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe Nº 309-2014-GAJ-MDC de fecha 15.04.2014, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado mediante Ley 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el articulo I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; establece que las municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 53º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que: "Las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion"; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, en su articulo 17º numeral 1) establece que: "Los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica (...)"; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, su modificatoria y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, establecen las disposiciones generales para la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se precisan los Criterios para delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital en el Presupuesto Participativo; Que, mediante Ordenanza Nº 409-MDC de fecha 10.03.2014, se aprueba el "Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo en el distrito de Comas", en cuyo articulo 7º se dispone que mediante Decreto de Alcaldia se establezca el Cronograma detallado para la realizacion y ejecucion de los talleres de Trabajo del MORDAZA del Presupuesto Participativo, asi como las medidas complementarias que MORDAZA necesarias para la eficiente y eficaz desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo; Que, mediante Informe Nº 283-2014-GPP/MC, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, expresa la necesidad de programar el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano 2015, conforme lo dispuesto en el articulo 7º de la Ordenanza Nº 409-MDC de fecha 10.03.2014; Que, mediante Informe Nº 309-2014-GAJ-MDC, la Gerencia de Asuntos Juridicos, opina que el Proyecto de Decreto de Alcaldia que aprueba el Cronograma para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Multianual para el Ano Fiscal en el Distrito de Comas, se encuentra conforme a Ley, correspondiendo al despacho de Alcaldia emitir dicho acto administrativo en uso de sus atribuciones; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

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