Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2014 (24/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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Licencias de Habilitacion MORDAZA y Edificaciones, de la Municipalidad Distrital de Chancay; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- DISPONER la Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, la cual estara a cargo de la Municipalidad Distrital de Chancay. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1075500-1

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban modificacion del MORDAZA y estructura de costos en procedimientos administrativos de la Municipalidad
(Se publica la presente Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Chancay, solicitado mediante Oficio N° 1452014-MDCH/A, recibido el 22 de MORDAZA de 2014) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2013-MDCH Chancay, 21 de junio del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En la Sesion de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos y su Estructura de Costos de la Municipalidad Distrital de Chancay, en los procedimientos administrativos correspondiente a la Direccion de Desarrollo MORDAZA ­ Division de Obras Privadas, en los items referidos al otorgamiento de licencia de habilitacion MORDAZA y edificaciones; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Art. 194 y 195 de la Constitucion Politica del Peru, modificados mediante Ley Nº 27680 (Ley de Reforma Constitucional), concordantes con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senalan que los Organos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que todas las entidades publicas elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion de su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, el mismo que debe contener los procedimientos de iniciativa de parte, requeridos por los administrados para satisfacer sus necesidades o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual debera de consignarse expresamente con indicacion de la fecha de publicacion en el Diario Oficial, documento de gestion que debera de incluir ademas todo el contenido detallado de dicha norma; Que, a su vez el Art. 38º del cuerpo legal en comentario, establece que en el caso de municipalidades el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Ordenanza Municipal, siendo obligatoria su publicacion en los plazos y oportunidades fijados en la MORDAZA en comentario; Que, mediante D.S. Nº 079-2007-PCM se aprobaron los Lineamientos para elaboracion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) estableciendose su aplicacion obligatoria para todas las entidades de la

administracion publica incluidos los Gobiernos Locales, lineamientos que tienen por finalidad permitir que dicho instrumento de gestion cumpla con su proposito de ser documentos compiladores, informativos y simplificadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas entidades administrativas del Estado; Que, el Art. 39º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, precisandose a su vez en el Art. 40º que las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, la MORDAZA glosada en el parrafo precedente establece que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su vigencia y eficacia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2010MDCH y Ordenanza Municipal Nº 014-2011-MDCH, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Chancay, los montos de los derechos administrativos y su estructura de costos sustentatorios; Que, resultando necesaria la modificacion de parte de los procedimientos regulados por el MORDAZA de nuestra institucion para adecuarlos a la normativa vigente corresponde que de conformidad con lo establecido en el Art. 38º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, se apruebe dicha modificacion mediante Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9 numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprueba por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SU ESTRUCTURA DE COSTOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTE A LA DIRECCION DE DESARROLLO MORDAZA ­ DIVISION DE OBRAS PRIVADAS, EN LOS ITEMS REFERIDOS AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE HABILITACION MORDAZA Y EDIFICACIONES Articulo Primero.- APROBAR la Modificacion del MORDAZA y su estructura de costos, en Procedimientos Administrativos, correspondiente a la Direccion de Desarrollo MORDAZA ­ Division de Obras Privadas, en los items referidos al otorgamiento de Licencia de Habilitacion MORDAZA y Edificaciones, segun Anexos adjuntos, que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Remitase la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Huaral, para su ratificacion correspondiente. Articulo Tercero.- Encarguese a la Oficina de Secretaria General para que con arreglo a sus atribuciones, proceda a la publicacion y difusion de la presente Ordenanza asi como de la publicacion del Acuerdo de Concejo Provincial que lo ratifique, debiendo publicarse asimismo en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, y el MORDAZA Institucional. Articulo Cuarto.- Precisese que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaral que la ratifique. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1075502-1

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