Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2014 (24/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL

PROYECTO

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

PROYECTO DE RESOLUCION VICEMINISTERIAL QUE APRUEBA LA CANALIZACION DE LA BANDA 698 ­ 806 MHZ CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su articulo 200, que toda asignacion de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalizacion, el cual sera aprobado por resolucion viceministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03, se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico; Que, la Nota P51 del PNAF establece que la Banda 698 ­ 806 MHz se encuentra atribuida a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, y que el otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro para la explotacion de dichos servicios se realizaran mediante concurso publico de ofertas; Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creo la Comision Multisectorial Permanente encargada de emitir informes tecnicos especializados y recomendaciones para la planificacion y gestion del espectro radioelectrico y adecuaciones del PNAF; Que, la citada Comision, mediante Informe Nº 0022013-COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF propone canalizar la Banda 698 ­ 806 MHz en tres (3) bloques de 15 MHz + 15 MHz, pues dicho esquema no solo permite hacer un uso eficiente del espectro radioelectrico y generar economias de escala en la region, sino que lograra una distribucion equitativa del espectro radioelectrico para el despliegue de redes de servicios moviles avanzados en banda ancha, entre otros; Que, visto el Informe Nº 220-2013-MTC/26 de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante el cual emite opinion favorable, corresponde aprobar la canalizacion de la Banda 698 ­ 806 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Unico.- Canalizacion de la Banda 698 ­ 806 MHz Aprobar la canalizacion de la Banda 698 ­ 806 MHz a nivel nacional, en los terminos siguientes: Canalizacion de la Banda 698 ­ 806 MHz
Bloque Rango de Frecuencias (MHz) Ida A B C 703 ­ 718 718 ­ 733 733 ­ 748 Retorno 758 ­ 773 773 ­ 788 788 ­ 803

se debe efectuar en las condiciones senaladas por la mencionada Ley y su Reglamento. Asimismo, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su articulo 199 que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioelectrico. Mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico. En la Nota P51 del PNAF se establece que la banda 698 ­ 806 MHz se encuentra atribuida a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, y que el otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro para la explotacion de dichos servicios se realizaran mediante concurso publico de ofertas. Asimismo, en la Nota P11A del PNAF se dispone que los titulares de asignaciones en la banda 698 - 746 MHz migraran a las bandas 470 - 608 MHz y 614 -698 MHz pudiendo utilizar para la transmision senales analogicas, sujeto a los plazos y condiciones que determine este Ministerio. Por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creo la Comision Multisectorial Permanente encargada de emitir informes tecnicos especializados y recomendaciones para la planificacion y gestion del espectro radioelectrico y adecuaciones del PNAF. La citada Comision, mediante Informe Nº 002-2013COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF propone canalizar la banda 698 ­ 806 MHz en tres (3) bloques de 15 MHz + 15 MHz, dado que dicho esquema no solo permite hacer un uso eficiente del espectro radioelectrico y generar economias de escala en la region, sino que lograra una distribucion equitativa del espectro radioelectrico para el despliegue de redes de servicios moviles avanzados en banda ancha, entre otros. Asimismo, el Informe Nº 220-2013-MTC/26 de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, emite opinion favorable sobre las recomendaciones efectuadas por la Comision PNAF. PROPUESTA Se propone tres (03) MORDAZA de 15 MHz + 15 MHz en la Banda 698 ­ 806 MHz a nivel nacional, de acuerdo a lo siguiente:
Bloque Rango de Frecuencias (MHz) Ida A B C 703 ­ 718 718 ­ 733 733 ­ 748 Retorno 758 ­ 773 773 ­ 788 788 ­ 803

ANALISIS COSTO-BENEFICIO La MORDAZA no irroga gastos al Estado. En cuanto a los beneficios, la propuesta permite la armonizacion de la banda de 700 MHz, acorde con las recomendaciones de organismos internacionales; permite el uso eficiente del espectro radioelectrico, contribuye a masificar la banda ancha movil en el MORDAZA, alcanzar economias de escala de MORDAZA proporciones, entre otros. IMPACTO EN LA LEGISLACION NACIONAL La propuesta de normas se enmarcan en el regimen juridico definido por la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC. 1075451-1

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EXPOSICION DE MOTIVOS El Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su articulo 57 que el espectro radioelectrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nacion; cuya utilizacion y otorgamiento de uso a particulares

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