Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2014 (24/04/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

521536
en la Ordenanza Regional Nº 254-AREQUIPA, por parte del Gobierno Regional de MORDAZA es el de CINCO anos, bajo sancion de reversion en caso de incumplimiento. Articulo 3º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, tramitar ante la MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la inscripcion de la presente resolucion. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los DIECISEIS (16) dias del mes de MORDAZA del dos mil catorce. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1075465-6 PRESIDENCIA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 275-2014-GRA/PR VISTO: El Memorandum Nº 410-2014-GRA/GGR por el cual el Gerente General del Gobierno Regional de MORDAZA solicita el inicio y continuacion del procedimiento Transferencia en forma gratuita en favor del Gobierno Regional de MORDAZA del terreno de propiedad del Estado de 33.0970 Has ubicado al Sur Oeste del Pueblo de Yarabamba en el Distrito de Yarabamba, Provincia y Departamento de Arequipa., y; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario de un terreno eriazo de 33.0970 Has ubicado al Sur Oeste del Pueblo de Yarabamba en el Distrito de Yarabamba, Provincia y Departamento de MORDAZA e inscrito en la Partida Nº 11234165 del Registro de Predios de SUNARP. Que, la Oficina de Ordenamiento Territorial a traves del Informe Nº 404-2014-GRA/OOT y del Informe Tecnico Nº 015-2014-GRA/OOT de fecha 12 de marzo de 2014 fundamenta el pedido de Transferencia del terreno de 33.0970 Has, el cual segun mencionan se encuentra sin edificaciones y es de libre disponibilidad. Adjuntando para el caso: - Memoria Descriptiva y Plano Perimetrico y de Ubicacion. - MORDAZA Literal de la Partida Nº 11234165. - Expediente Fotografico. - Informe Tecnico de Tasacion, el cual valoriza el terreno en S/. 314,422.00 (Trescientos Catorce Mil Cuatrocientos Veintidos con 00/100 Nuevos Soles). Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, el inciso "b" del Articulo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regional establece las funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, precisando que: "... b) Realizar los actos de inmatriculacion saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal. ..."

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

Que, el Subcapitulo VII del D.S. Nº 007-2008VIVIENDA regula lo relacionado a la Transferencia de Dominio en el Estado: Articulo 62º.- De la Transferencia "La transferencia de predios estatales es la traslacion de dominio a titulo gratuito u oneroso de predios del dominio privado estatal, que se realiza entre las entidades conformantes del Sistema. La distribucion de los ingresos producto de las transferencias a titulo oneroso se rigen por las reglas de la compra venta". Articulo 63º.- Donacion entre Entidades Publicas: "La transferencia de predios a titulo gratuito puede efectuarse siempre y cuando el bien sea destinado para programas o proyectos de desarrollo o inversion de conformidad con sus respectivas competencias, fijandose en la resolucion aprobatoria dicha finalidad y el plazo de ejecucion de la misma, bajo sancion de reversion, en caso de incumplimiento". Articulo 65º del mismo cuerpo legal determina el procedimiento: "La solicitud para la transferencia entre entidades debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien, el Gobierno Regional o la SBN, segun sea el caso; indicando el uso que se otorgara al predio, y ademas el programa de desarrollo o inversion acreditando los respectivos planes y estudios tecnico-legales para la ejecucion del programa correspondiente; el que podra realizarse por cuenta propia o de terceros. La aprobacion se efectuara, previa opinion tecnica de la SBN, por resolucion del titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad propietaria del bien, el Gobierno Regional, o la SBN, de acuerdo a sus competencias." Teniendo en cuenta la normatividad MORDAZA mencionada en el presente caso el terreno materia de Transferencia sera destinado para la Ejecucion de Programas o Proyectos de Inversion asi como del Proyecto contenido en la Ordenanza Regional Nº 254-AREQUIPA por parte del Gobierno Regional de MORDAZA, el mismo que se ejecutara en el plazo de cinco (05) anos, bajo sancion de reversion en caso de incumplimiento (Articulo 63º D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA). Que, teniendo como antecedente el contenido del Oficio Nº 03854-2010/SBN-GO JAD por el cual el Jefe de Adjudicaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, determino que en merito a las competencias asignadas a los Gobiernos Regionales es competencia exclusiva de los mismos administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion. Con Informe Nº 405 -2014-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010AREQUIPA y con las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo 1º.- TRANSFERIR en forma gratuita a favor del Gobierno Regional de MORDAZA el terreno eriazo de propiedad del Estado con una extension de 33.0970 Has ubicado al Sur Oeste del Pueblo de Yarabamba en el Distrito de Yarabamba, Provincia y Departamento de MORDAZA e inscrito en la Partida Nº 11234165 del Registro de Predios de SUNARP, para la ejecucion de los Programas o Proyectos de Inversion asi como del Proyecto contenido en la Ordenanza Regional Nº 254-AREQUIPA, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- El plazo de ejecucion de los Programas o Proyectos de Inversion asi como del Proyecto contenido en la Ordenanza Regional Nº 254-AREQUIPA, por parte del Gobierno Regional

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.