Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2014 (24/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Tercero.- En aplicacion de las consideraciones expuestas en la presente resolucion, aprobar un precedente de observancia obligatoria que interpreta los alcances del ejercicio de la atribucion conferida a la Comision de Procedimientos Concursales por el articulo 67.4 de la Ley General del Sistema Concursal, en los siguientes terminos: "Cuando, en ejercicio de la atribucion conferida por el articulo 67.4 de la Ley General del Sistema Concursal, la Comision de Procedimientos Concursales deba pronunciarse sobre un pedido de declaracion de liquidacion del patrimonio del deudor concursado por incumplimiento de su plan de reestructuracion, dicha autoridad no podra limitarse a verificar solo el hecho objetivo del incumplimiento en los terminos y oportunidad pactados en el referido instrumento. Para ello, debera ademas analizar las circunstancias del caso, y si de estas se evidencia una conducta del deudor que subsana dicho incumplimiento a plena satisfaccion del acreedor solicitante, pagando o extinguiendo los creditos de este ultimo a traves de las modalidades estipuladas en el plan de reestructuracion y con anterioridad al pronunciamiento de la Comision, la autoridad concursal debera denegar el pedido presentado, al haberse tornado innecesaria la intervencion subsidiaria de la autoridad administrativa en el procedimiento concursal respectivo." Con la intervencion de los senores vocales MORDAZA MORDAZA Avendano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Hooker MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Bonifaz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hernandez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1075343-1

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Modifican Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa y MORDAZA sobre Contribuciones por los Servicios de Supervision que presta la Superintendencia del MORDAZA de Valores
RESOLUCION SMV Nº 007-2014-SMV/01 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Expediente Nº 2013034259, el Informe Conjunto Nº 231-2014-SMV/10/06/12 del 10 de MORDAZA de 2014 presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial, por la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo y por la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 021-99EF/94.10, se aprobo el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; Que, el articulo 145 de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 (en adelante, LMV), senala que la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV aprueba los estatutos de las bolsas y sus modificaciones; asi como los reglamentos internos que dicten las bolsas y sus respectivas modificaciones; Que, el articulo 194, literal f), de la LMV, establece que una sociedad agente de bolsa se encuentra facultada

para promover el lanzamiento de valores publicos y privados y facilitar su colocacion, pudiendo estabilizar temporalmente sus precios o favorecer las condiciones de liquidez de tales valores; Que, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., solicito a la SMV la modificacion de los articulos 2, 18 y 58 al 72 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 021-99-EF/94.10, y asimismo propuso la modificacion del articulo 2 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01; Que, las modificaciones a que hace referencia el parrafo precedente, tienen como finalidad generar mayor liquidez en el MORDAZA incentivando la figura del formador de MORDAZA, diferenciandola del agente promotor, facilitar la negociacion de valores inscritos y mejorar los mecanismos de intermediacion de la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A.; Que, analizados los argumentos presentados, corresponde aprobar las modificaciones de los articulos 2, 18 y 58 al 72 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA y modificar el articulo 2 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, a fin de incorporar la figura de formador de mercado; Que, reconociendo la importancia que reviste el rol que cumple el formador de MORDAZA como creador de liquidez en las operaciones al contado de renta variable en la MORDAZA de Bolsa, y la importancia que de promover su desarrollo, se fija la contribucion SMV aplicable a las operaciones que realice por cuenta propia en 0% hasta el 31 de diciembre del 2016; y, Estando a lo dispuesto en el articulo 9, numeral 2, 7 y 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, el articulo 145 de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, en su sesion del 14 de MORDAZA de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar el inciso aa) al articulo 2 y modificar los articulos 2, inciso b), 18 y 58 al 72 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 021-99-EF/94.10, cuyos textos se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Modificar el numeral 2.1 del articulo 2 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01, con el siguiente texto: "Articulo 2º- Terminos (...) 2.1 Agente Promotor: sociedad agente de bolsa que, previa autorizacion de las bolsas, solicita la inscripcion de valores extranjeros, de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento y segun los reglamentos internos de cada bolsa." Articulo 3º.- Incorporar como MORDAZA Disposicion Transitoria a la MORDAZA sobre Contribuciones por los Servicios de Supervision que presta la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobada mediante Resolucion CONASEV Nº 095-2000-EF/94.10, el texto siguiente: "Segunda.- Las contribuciones mensuales senaladas en el literal i. del inciso a) del articulo 1º de la presente MORDAZA, a aplicar a las operaciones al contado por cuenta propia que realicen los Agentes de Intermediacion en su funcion como Formador de MORDAZA, y que esten debidamente registradas en el Sistema de Registro de Operaciones, segun lo establece la regulacion respectiva, sera de cero por ciento (0,00 %) hasta el 31 de diciembre del 2016." Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia el 1 de MORDAZA de 2014. Articulo 5º.- Comunicar la presente resolucion a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV.

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