Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2014 (13/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Miercoles 13 de agosto de 2014

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y minimizacion del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, debera de continuar con las coordinaciones necesarias entre los Gobiernos Regionales de MORDAZA y MORDAZA, las Municipalidades Provinciales de General MORDAZA Cerro y MORDAZA, las Municipalidades Distritales de San MORDAZA de Tarucani y Ubinas y los Sectores, instituciones y organismos del Gobierno Nacional que deben continuar con la ejecucion de las acciones de reduccion y minimizacion del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas, segun corresponda; con la finalidad de que estas se inicien y se cumplan dentro del plazo de vigencia de la presente prorroga, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por la Ministra de Salud, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de Agricultura y Riego, por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y por el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA PULGAR - MORDAZA OTALORA Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1123279-1

y vigilancia epidemiologica), acompanando a toda la poblacion en todo su desplazamiento, e instalacion del sistema de alerta para el monitoreo respectivo; asimismo, en ambos distritos afectados, continuar con la asistencia permanente de la poblacion pecuaria con pacas de heno e insumos veterinarios, con la asistencia tecnica y apoyo logistico correspondiente; entre otras acciones, por lo que se requiere la continuacion de la ejecucion de medidas inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas, recomendando la aprobacion de la prorroga del Estado de Emergencia; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia prorrogado por el Decreto Supremo Nº 042-2014-PCM, y subsistiendo las condiciones de peligro inminente en las zonas afectadas, es necesario prorrogar su vigencia, con el fin de continuar las acciones de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente; por lo que se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorandum N° 3192014-PCM-SGRD, que considera se prorrogue el Estado de Emergencia; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 14 de agosto de 2014, el Estado de Emergencia en el distrito de San MORDAZA de Tarucani, de la provincia y departamento de MORDAZA, y en el distrito de Ubinas, de la provincia de General MORDAZA Cerro, en el departamento de MORDAZA, declarado por Decreto Supremo Nº 028-2014-PCM. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de MORDAZA y MORDAZA, las Municipalidades Provinciales de General MORDAZA Cerro y MORDAZA, las Municipalidades Distritales de Ubinas y San MORDAZA de Tarucani, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio del Ambiente y demas instituciones publicas y privadas involucradas dentro de sus competencias, continuaran con la ejecucion de las acciones de reduccion

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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