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El Peruano Miércoles 13 de agosto de 2014 529877 Nuevos Soles), los mismos que estarán disgregados de la manera siguiente: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en Caja del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en Caja del Local Central por Examen Médico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- AUTORIZAR la recepción de los Expedientes Matrimoniales a partir de la publicaciòn del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, hasta el día 24 de setiembre del 2014. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaría General a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 1121816-1 Designan Ejecutores Coactivos de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 597 San Juan de Lurigancho, 1 de agosto de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Constitución Política del Estado en su artículo 194º, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29792 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 554 de fecha 27 de julio de 2011, se designó al Abg. Alfredo Benigno Rumaldo Gómez para el cargo de Ejecutor Coactivo en la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva, de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cargo funcional, Nivel F-1; Que, sin embargo mediante Ordenanza Nº 270-2014- MDSJL publicada el 27 de marzo de 2014, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal - CAP 2014 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en el que se han determinado dos plazas de ejecutoría coactiva, una en la Gerencia de Rentas y otro en la Gerencia de Desarrollo Economico; por lo que resulta necesario adecuar la designación señalada en la citada Resolución de Alcaldía Nº 554 al CAP 2014; Que, encontrandose vacante la plaza en la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa de la Gerencia de Desarrollo Economico de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, corresponde designar al señor Abg. Alfredo Benigno Rumaldo Gómez como Ejecutor Coactivo; Estando a lo expuesto precedentemente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6) y 28) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018- 2008-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abg. Alfredo Benigno Rumaldo Gómez para el cargo de Ejecutor Coactivo en la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa, de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, cargo funcional, Nivel F1. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 554 de fecha 27 de julio de 2011. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo Económico y a la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Recursos Humanos. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución al Abg. Alfredo Benigno Rumaldo Gómez para su conocimiento e insértese copia de la misma en su legajo personal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 1121817-1 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 598 San Juan de Lurigancho, 1 de agosto de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Constitución Política del Estado en su artículo 194º, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29792 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, ésta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 270-2014-MDSJL publicada el 27 de marzo de 2014, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal - CAP 2014 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en el que se han determinado dos plazas de ejecutoría coactiva, una en la Gerencia de Rentas y otro en la Gerencia de Desarrollo Economico; Que, encontrandose vacante la plaza en la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, corresponde designar al señor abogado Edwin Aníbal Mendoza Ramírez, como Ejecutor Coactivo; Estando a lo expuesto precedentemente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6) y 28) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018- 2008-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor Abg. Edwin Aníbal Mendoza Ramírez como Ejecutor Coactivo en la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cargo funcional, Nivel F1. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Recursos Humanos. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución al Abg. Edwin Aníbal Mendoza Ramírez para su conocimiento e insértese copia de la misma en su legajo personal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 1121819-1