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El Peruano Miércoles 13 de agosto de 2014 529876 normas legales glosadas en los considerandos de la presente norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MAGDALENA DE MONZARZ STIER Alcaldesa 1122466-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Disponen celebración del Cuarto Matrimonio Civil Comunitario 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014 San Juan de Lurigancho, 1 de agosto de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Informe N° 052-2014-SGRRCC-SG/MDSJL, de fecha 31 de julio de 2014 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 176-2009 complementarias y modifi catorias contiene en el Procedimiento Nº 3, todos los requisitos para contraer matrimonio civil; Que, siendo el objetivo primordial de la actual gestión municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuyendo a su consolidación, fortalecimiento, protección y formalización como célula básica de la sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para la formalizaciòn de las uniones de hecho otogando facilidades a las parejas para la celebraciòn del matrimonio civil, consolidando legalmente vínculos de paternidad y protección a la familia en armonía con nuestra Constitución Política del Perù; Que, el Artículo 252° del Código Civil vigente faculta al Alcalde dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248º del mismo cuerpo legal; Que, el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las disposiciones concernientes a la eliminaciòn de procedimientos o requisitos o la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse para el caso de municipaidades por Decretos de Alcaldìa; Que, de acuerdo al Plan Operativo de la Sub Gerencia de Registro Civil aprobado para el año 2014 – dicha Sub Gerencia tiene programado llevar a cabo el 4to. Matrimonio Civil Comunitario 2014, con ocasiòn de celebrar el “Día de la Primavera”, el dìa sábado 27 de setiembre del presente año, a las 11.00 horas, en el Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha; Por las consideraciones antes expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el artículo 248° y 252° del Código Civil vigente y el numeral 36.3) del artículo 36º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la celebraciòn del 4to. Matrimonio Civil Comunitario 2014, con ocasiòn de celebrar el “Día de la Primavera”, el mismo que se llevará a cabo el día sábado 27 de setiembre del 2014, a las 11.00 horas en el Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Próceres de la Independencia Cuadra 15 – San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de los avisos a los que hace referencia el artículo 252º del Código Civil, para la celebración del 4to. Matrimonio Civil Comunitario 2014. Artículo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil para el 4to. Matrimonio Civil Comunitario 2014, la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN