Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2014 (23/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Sabado 23 de agosto de 2014

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distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.(...)" Que, segun lo establecido en el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal: Numeral 8.- "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos". Que, de lo expuesto y de la normatividad vigente cabe senalar que para modificar o derogar una ordenanza y dejar sin efecto los acuerdos en necesario aprobar una nueva Ordenanza. Por tanto para los fines expuestos en el informe emitido por la Sub Gerencia de trasporte, se deberia emitir un MORDAZA Decreto de Alcaldia que amplie el plazo por un periodo mas para la aplicacion de la certificacion anual sobre gases contaminantes que refiere el articulo 38º de la ordenanza 217-2012-MDSJM. Que, mediante Informe Nº 594-2014-GAJ-MDSJM de fecha 14 de MORDAZA del2014 la Gerencia de Asesoria Juridica es de la opinion que mediante Decreto de Alcaldia se amplie el plazo para la aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 38º de la ordenanza 217-2012-MDSJM: "Los Vehiculos menores deberan pasar periodicamente en forma anual, el examen de gases contaminantes en una entidad certificadora, y no deben exceder los limites maximos permisibles de emisiones establecidos por Ley". Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como en aplicacion de la Novena Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 217-2012-MDSJM. DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER que sera exigible a partir del 15 de setiembre del ano 2015, la aplicacion de la Certificacion anual sobre gases contaminantes que refiere el articulo 38 de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial el Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1126774-1

Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores, la misma que en su articulo 40 establece: "A partir del 01 de Diciembre del 2012, las nuevas habilitaciones de vehiculos menores por inclusion, incremento y sustitucion para la prestacion del servicio de transporte especial de pasajeros que se otorguen a las empresas autorizadas, sin perjuicio de su flota existente, debe cumplir obligatoriamente las siguientes caracteristicas y especificaciones tecnicas". Que, con Decreto de Alcaldia Nº 01-2013 de fecha 18 de enero del 2013 se dispuso la exigibilidad a partir del 01 de MORDAZA del 2013, de las nuevas habilitaciones de vehiculos menores por inclusion, incremento para la prestacion del servicio de transporte especial de pasajeros que se otorguen a empresas autorizadas. Que, con Informe Nº 287-2013-SGTTSV-GDUMDSJM de fecha 14 de MORDAZA del 2013, la Sub Gerencia de Transporte MORDAZA y Seguridad Vial, informa que por motivos economicos muchos propietarios de vehiculos menores de motor de dos tiempos no han podido hacer el cambio de motor a cuatro tiempos, por lo que se viene brindando el servicio de transporte en la informalidad, por lo que se ha evaluado los aspectos socio economicos de los operadores y usuarios en el distrito, a fin de proponer la ampliacion del plazo de restriccion de vehiculos menores hasta 01 de agosto del 2014; por lo que solicita opinion legal. Que, con Decreto de Alcaldia Nº 20-2013 de fecha 03 de setiembre de 2013 se dispuso la exigibilidad a partir del 15 de setiembre de 2014, la aplicacion de la certificacion anual sobre gases contaminantes que refiere el articulo 38º de la ordenanza 217-2012-MDSJM. Que, con Informe Nº 253-2014-SGTTSV-GDUMDSJM de fecha 10 de MORDAZA de 2014, la Sub Gerencia de Transporte MORDAZA y Seguridad Vial, solicita a la Gerencia de Asesoria Juridica, opinion legal en cuanto a si es viable o no que mediante Decreto de Alcaldia se suspenda el Articulo 38º y sus efectos, de la Ordenanza Nº 217-2012MDSJM. Por motivos de que la unica entidad que brinda el Certificado de Emision de Gases para vehiculo menor se encuentra en MORDAZA el MORDAZA, por lo que al estar alejado del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, repercute en los vehiculos menores autorizados en esta jurisdiccion al momento de trasladarse al distrito en mencion ya que necesariamente deben trasladarse por vias de caracter metropolitano, siendo pasibles de las infracciones estipuladas en el Reglamento de MORDAZA aprobado con Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC (infraccion G-10 :" incumplir las disposiciones sobre el uso de las vias de MORDAZA rapido y/o de acceso restringido". Por tanto opina que se emita un Decreto de Alcaldia para una correcta aplicacion de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM en cuanto al examen de gases contaminantes y mas especificamente al articulo 38º de la citada ordenanza que dice: Articulo Nº 38.- "Los Vehiculos menores deberan pasar periodicamente en forma anual, el examen de gases contaminantes en una entidad certificadora, y no deben exceder los limites maximos permisibles de emisiones establecidos por Ley". Que, segun lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, con Informe Nº 253-2014-SGTTSV-GDUMDSJM de fecha 10 de MORDAZA de 2014, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, informa que es necesario la emision del Decreto de Alcaldia, por lo que propone la ampliacion del plazo de restriccion de vehiculos menores hasta el 31 de MORDAZA del 2014. Que, segun lo establecido en el articulo 42 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Que, segun lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su articulo 40 senala: "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Designan Comite Electoral para la eleccion de los Representantes del Consejo de Coordinacion Local
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2014-MSMM MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 12 de agosto del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA VISTOS: La Ordenanza Municipal N° 168-2012MSMM de fecha 10 de febrero del 2012 que aprueba el Reglamento del MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Mar; Informe Nº 037-2014-DSP/MSMM de fecha 08 de agosto del 2014; y Proveido s/n del Gerente Municipal de fecha 12 de agosto del 2014, y;

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