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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (23/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Sábado 23 de agosto de 2014 530694 Empresa HORTUS S.A.C para ejecutar la culminación de las obras de Habilitación Urbana correspondiente a la pavimentación de pistas y veredas en el terreno de 3,125.75 m2 hasta el 18 de Enero del 2016, teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO ÁREA BRUTA TOTAL 3,125.75 m2 ÁREA ÚTIL TOTAL 3,125.75 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al área bruta del terreno de 3,125.75 m2 y de acuerdo a la Zonifi cación Gran Industria “I-3” de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML las áreas resultantes son las siguientes: APORTES I-3 ORD. Nº 836-MML PROYECTO (m2) DÉFICIT (m2) % (m2) Parques Zonales 5 156.29 -------- 156.29 Servicios Complementarios 2 62.52 -------- 62.52 Renovación Urbana 3 93.77 -------- 93.77 * El défi cit del Aporte de Otros Fines fue cancelado a esta Entidad Edilicia conforme a lo señalado en el Quinto considerando de la presente resolución. * El défi cit de los Aportes correspondientes a Renovación Urbana y Parques Zonales quedan pendientes de pago, previo a la Recepción de Obra. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: La Pavimentación de pistas y veredas se ejecutarán de conformidad con el Estudio de suelos; así también el propietario – habilitador asumirá la responsabilidad y ejecución de dichas obras, tomando como referencia lo siguiente: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30 cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R. M. Nº 069-2001- MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Lote Único queda en garantía de pago por el défi cit de los Aportes Reglamentarios de Parques Zonales y Renovación Urbana, los cuales deberán ser redimido en dinero a cada entidad competente previo a la Recepción de Obra; de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº836- MML. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima, SERPAR-LIMA, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Así también a la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro para la elaboración del respectivo Planeamiento Integral de la Parcelación Semirústica La Molina,de conformidad con el Memorándum Nº242-2014- MDA/GDU. Regístrese, comuníquese y cúmplase MANUEL IVAN RIVERA VILLENA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 1124058-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Disponen la exigibilidad a partir del 15 de setiembre del año 2015, la aplicación de la Certificación anual sobre gases contaminantes que refiere el artículo 38 de la Ordenanza N° 217- 2012-MDSJM DECRETO DE ALCALDIA Nº 11-2014-A-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 30 de julio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El memorándum Nº 824-2014-GM de fecha 18 de julio del 2014 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 261-2014-SGTTSV-GDU/MDSJM de fecha 16 de julio del 2014 de la Sub Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, Informe Nº 101-2014-HMGR-SGTTSV- GDU/MDSJM de fecha 16 de julio del 2014 de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, Informe Nº 594-2014-GAJ-MDSJM de fecha 14 de julio del 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 253.2014- SGTTSV-GDU/MDSJM de fecha 10 de julio del 2014 de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, sobre Proyecto de Decreto de Alcaldía para la correcta aplicación de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM. CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Municipal Nº 217-2012-MDSJM de fecha 06 de abril del 2012, se aprobó la Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de