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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (28/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014 531118 Aprueban a favor de Asociación Cultural Bethel la transferencia de autorización otorgada mediante la R.VM. Nº 904- 2010-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 507-2014-MTC/03 Lima, 15 de agosto del 2014 VISTO, el Expediente N° 2014-021354 del 04 de abril de 2014, presentado por el señor MOISÉS ERASMO OBREGÓN ALEJOS, sobre aprobación de transferencia de la autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Santa, departamento de Ancash, en favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 904- 2010-MTC/03 se autorizó al señor MOISÉS ERASMO OBREGÓN ALEJOS, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Santa, departamento de Ancash, con vigencia hasta el 22 de noviembre de 2020; Que, con Expediente N° 2014-021354 del 04 de abril de 2014, el señor MOISÉS ERASMO OBREGÓN ALEJOS, solicita se apruebe la transferencia de la autorización del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Santa, departamento de Ancash, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL; Que, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC, establece que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidas, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, entre otros, dispone que para la procedencia de la transferencia de una autorización, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorización, y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1586-2014- MTC/28 opina que corresponde aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 904-2010-MTC/03 al señor MOISÉS ERASMO OBREGÓN ALEJOS, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL; y que, por lo tanto, debe procederse a expedir la Resolución Viceministerial que la apruebe y reconozca a esta última, como nueva titular de dicha autorización, así como, de los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse verifi cado que cumple con los requisitos y condiciones establecidas en la Ley de Radio y Televisión, su Reglamento y el TUPA del Ministerio; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor MOISÉS ERASMO OBREGÓN ALEJOS mediante Resolución Viceministerial Nº 904- 2010-MTC/03, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL; conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionado a dicha autorización. ArtÍculo 2º.- Reconocer a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 904- 2010-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. ArtÍculo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 1128518-1 Otorgan a la compañía SFR Aviation Solution S.A.C., permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo especial RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 346-2014-MTC/12 Lima, 25 de julio del 2014 Vista la solicitud de la compañía SFR AVIATION SOLUTION S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº 2014- 018907 del 26 de marzo del 2014, Documento de Registro Nº 087517 del 20 de mayo del 2014 y Documento de Registro Nº 091470 del 27 de mayo del 2014 la compañía SFR AVIATION SOLUTION S.A.C. solicita el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; Que, según los términos del Informe Nº 289-2014- MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Informe Nº 036-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 883-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 231-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía SFR AVIATION SOLUTION S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por