Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2014 (28/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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3. LI = Limite Inferior de la Banda. 4. GLP Envasado: Destinado para envasado, ver Resolucion OSINERGMIN N° 069-2012-OS/CD y sus modificatorias. 5. Diesel B5: De acuerdo al numeral 4.3 del Articulo 4° del DU 005-2012, a partir de agosto de 2012, la Banda del Diesel B5 solo sera aplicable al Diesel B5 destinado al Uso Vehicular, ver Resolucion OSINERGMIN N° 0692012-OS/CD y sus modificatorias. 6. Diesel B5 GGEE SEA: Diesel B5 utilizado en generacion electrica en sistemas electricos aislados. 7. PIN 6 GGEE SEA: Petroleo Industrial 6 utilizado en generacion electrica en sistemas electricos aislados. 8. Para el caso del Diesel B5, la Banda se aplica tanto para el Diesel B5 con alto y bajo contenido de azufre de acuerdo con lo que establezca el Administrador del Fondo. 9. Las Bandas para los GGEE SEA estan reflejadas en MORDAZA de acuerdo con lo senalado en el Informe de sustento. Articulo 3º.- Los Margenes Comerciales y las Bandas aprobadas en los Articulos 1° y 2° anteriores, estaran vigentes desde el jueves 28 de agosto de 2014 hasta el miercoles 29 de octubre de 2014. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y consignarla junto con los Informes Nº 421-2014-GART y Nº 399-2012-GART en la pagina web de OSINERGMIN (www.osinerg.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Adjunto OSINERGMIN Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria 1129511-1

El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan representantes autorizados de la Comision de Procedimientos Concursales del Indecopi MORDAZA Sur ante Juntas de Acreedores y para certificacion de copias conforme a la Ley General del Sistema Concursal
RESOLUCION Nº 4573-2014/CCO-INDECOPI MATERIA : DESIGNACION DE REPRESENTANTES AUTORIZADOS DE LA COMISION MORDAZA, 11 de agosto de 2014 VISTOS: Los procedimientos concursales cuya tramitacion es de competencia de la Comision de Procedimientos Concursales del Indecopi MORDAZA Sur, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3 de la Ley General del Sistema Concursal; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en el articulo 21, concordante con el articulo 22 de la Ley General del Sistema Concursal, un representante de la Comision debera certificar las copias de las resoluciones por

las cuales se inicia el procedimiento concursal o la disolucion y liquidacion, para efectos de que se inscriban en el Registro Personal, los Registros Publicos en los que se encuentren inscritos los bienes de concursado, cualquier MORDAZA de registros donde aparezcan bienes o garantias constituidas sobre bienes del deudor y, en su caso, en el Registro Mercantil o en el Registro de Personas Juridicas correspondiente; Que, la funcion indicada en el considerando anterior es desempenada, a la fecha, por el Secretario Tecnico de la Comision, funcionario encargado, ademas, de la certificacion de las copias de los demas documentos que obran en los archivos de la Comision, conforme a lo previsto en el literal f) del articulo 44.1 del Decreto Legislativo Nº 1033; Que, por otro lado, segun lo dispuesto por el articulo 44 de la Ley General del Sistema Concursal, la Comision nombrara a uno o mas representantes ante las Juntas de Acreedores donde se trate las decisiones sobre el destino del deudor, la aprobacion del Plan de Reestructuracion, Convenio de Liquidacion y Acuerdo Global de Refinanciacion, asi como sus modificaciones, siendo en estos casos obligatoria la participacion del representante de la Comision; Que, sobre la base del MORDAZA de desconcentracion de los procesos decisorios, contemplado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica pueden delegar sus competencias en los funcionarios y servidores ejecutivos jerarquicamente dependientes, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses; Que, debido a la elevada carga procesal vigente, resulta necesario que la Comision designe representantes ante Junta de Acreedores y para la certificacion de documentos, actuando en nombre y representacion de esta Comision; Que, en ese sentido, de conformidad con lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi y la Ley General del Sistema Concursal, se ha considerado conveniente designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cazorla, las senoritas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Freisy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llanto, funcionarios de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI MORDAZA Sur, como representantes autorizados para desempenar la funcion MORDAZA mencionada; Que, por otro lado, siendo que la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Febres, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asmat, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Celiz MORDAZA y las senoritas Cinthya Julliana MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA actualmente no se desempenan como funcionarios de la Secretaria Tecnica de la Comision de Procedimientos Concursales del Indecopi MORDAZA Sur, corresponde dar por concluida la designacion de las citadas personas, efectuada a traves de la Resolucion Nº 0037-2004/CCO-INDECOPI del 25 de octubre de 2004, Resolucion Nº 2035-2008/CCO-INDECOPI del 31 de marzo de 2008 y Resolucion Nº 3225-2011/CCOINDECOPI del 26 de MORDAZA de 2011, respectivamente, como representantes autorizados de la Comision ante Juntas de Acreedores y para la certificacion de documentos de los expedientes concursales; SE RESUELVE: Primero: Dar por concluida la designacion de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Febres y los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asmat, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA efectuada mediante Resolucion Nº 0037-2004/CCO-INDECOPI; del senor MORDAZA MORDAZA Celiz MORDAZA efectuada mediante Resolucion Nº 20352008/CCO-INDECOPI del 31 de marzo de 2008 y de las senoritas Cinthya Julliana MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA efectuada por Resolucion Nº 3225-2011/CCOINDECOPI del 26 de MORDAZA de 2011. Segundo: Designar como representantes autorizados de la Comision de Procedimientos Concursales del Indecopi MORDAZA Sur ante Juntas de Acreedores y para la certificacion de las copias a que se refieren los articulos 21 y 22 de la Ley General del Sistema Concursal, a los siguientes funcionarios:

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