Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (31/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Domingo 31 de agosto de 2014 531479 Ejecutora 010: Provías Descentralizado, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para ¿ nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública de infraestructura vial departamental y vecinal; De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 002-2014, el artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y su modi¿ catoria; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.184 857 282,00), del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión pública de infraestructura vial departamental y vecinal, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio De Transportes Y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías Descentralizado PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre - Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 153 647 306,00 PROYECTO 2157466 : Creación de Trocha Carrozable Chinche Tingo - La Punta – Taquiambra - Ranracancha, La Punta - Tingo Alta, La Punta - Shinca, Taquiambra - Jupaycocha - Chacracocha, Taquiambra - Chonta, Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión - Pasco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 411 382,00 PROYECTO 2144858 : Mejoramiento y Construcción de la Carretera Santa Clara, Distrito de San Juan Bautista – Maynas - Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 26 798 594,00 TOTAL EGRESOS 184 857 282,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 150 978 766,00 SUB TOTAL PLIEGOS GR 150 978 766,00 =========== PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 33 878 516,00 SUB TOTAL PLIEGOS GL 33 878 516,00 =========== TOTAL EGRESOS 184 857 282,00 =========== 1.2 Los Pliegos habilitados en la sección segunda del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y Proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el ¿ nanciamiento de Proyectos de Inversión Pública de Infraestructura Vial Departamental y Vecinal” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www. mtc.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario O¿ cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La O¿ cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi¿ caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O¿ cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi¿ cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a ¿ nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información Los Pliegos habilitados informarán al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los avances físicos y ¿ nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de veri¿ cación y seguimiento a que se re¿ ere el artículo 11 de la Ley N° 30114. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ DAVID GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1131082-3