Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2014 (31/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA 31 de agosto de 2014

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En MORDAZA a los trece dias del mes de enero del ano dos mil catorce. MORDAZA ZARELA MORDAZA MAZUELOS Consejera Delegada Gobierno Regional MORDAZA Mando se publique, se registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 04 dias del mes de junio del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 1130535-1

los Gobierno Regionales en materia de turismo y demas normas legales pertinentes. Que, la presente Mocion de Ordenanza Regional declara de interes regional a la Rana Gigante del Lago Titicaca con la nalidad de promover el turismo; promocion referida a la representacion iconogra ca, lo que signi ca que se utilizara la imagen de esta especie, oriunda y unica del lago Titicaca, en las expresiones artesanales y artisticas, propias de la Region, tales como el tejido, alfareria, a ches y otras formas de representacion de esta especie. Que, en aplicacion del MORDAZA de prevencion, corresponde al Gobierno Regional de MORDAZA, dictar normas para regular adecuadamente la proteccion y conservacion de la biodiversidad a nivel regional incorporando a las politicas del Estado, para evitar riesgos que afecten la naturaleza, el desarrollo sostenible de los pueblos originarios. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 el Pleno del Consejo Regional con el MORDAZA en mayoria de sus miembros integrantes: ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR, de interes regional a la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus), por ser excepcional y oriunda de la MORDAZA del Lago Titicaca con fines de conservacion, proteccion e investigacion de la especie y su ecosistema como recurso natural. Articulo Segundo.- ENCARGAR, al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA, la promocion turistica iconogra ca de la "Rana Gigante del Titicaca" (Telmatobius culeus), para contribuir al desarrollo economico de los pobladores de la zona. Articulo Tercero.- ENCARGAR, al Organo Ejecutivo, la gestion de recursos para nanciar la implementacion y desarrollo de estrategias de conservacion, proteccion, investigacion y promocion turistica iconogra ca de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus). Articulo Cuarto.- ESTABLECER como estrategia regional de conservacion, proteccion, investigacion y promocion turistica iconografica de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus), las siguientes acciones: A.- Impulsar y fomentar la investigacion cienti ca e intercambio de informacion sobre los aspectos biologicos y ecologicos de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus), las que deben ser realizadas por las instituciones vinculadas con el manejo, proteccion y preservacion de esta especie en la Region, cuyos resultados seran utilizados en la toma de decisiones del Gobierno Regional MORDAZA para la conservacion, manejo sostenible de la especie y promocion turistica iconogra ca, aplicados en las expresiones artesanales y artisticas, propias de la region. B.- Promover la conservacion, proteccion y promocion iconogra ca de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus) orientados a obtener bene cios sociales y culturales como aporte al desarrollo integral de las comunidades locales aledanas al Lago Titicaca. C.- Formular y aplicar planes de manejo que favorezca la preservacion de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus). D.- Promover acciones multisectoriales conjuntas de difusion y sensibilizacion para dar a conocer la especie con la nalidad de evitar la extraccion, comercializacion y consumo de estos especimenes. E.- Promover el posicionamiento nacional e internacional de la imagen iconogra ca de la Rana Gigante del Titicaca (Telmatobius culeus), como atractivo turistico en la Region MORDAZA, por su condicion de ser el an bio de mayor tamano del lago navegable mas alto del mundo. Articulo Quinto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional, conforme lo establece el articulo 42º de le Ley Nº 27867 y sus modi catorias. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 478-MSS, que otorgo plazo extraordinario para el pago de multas administrativas en estado coactivo y eliminacion de costas y gastos Coactivos en el MORDAZA de la Ordenanza Nº 467-MSS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 22-2014-MSS MORDAZA de MORDAZA, 25 de agosto de 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Memorandum Nº498-2014-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 6332014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, que proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 478MSS, que otorga un plazo extraordinario para el pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y eliminacion de costas y gastos coactivas, en el MORDAZA de la Ordenanza Nº 467-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el MORDAZA parrafo del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece, que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus nes; Que, por su parte, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e ciente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Ordenanza Nº 467-MSS, publicada el 17.01.2014, se otorgan bene cios de descuentos en el monto a pagar de las multas administrativas pendientes de pago que se encuentran en procedimiento de ejecucion coactiva y eliminacion de costas y gastos

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