Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2014 (31/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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Formas de Discriminacion Racial; la Convencion Internacional para la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer (CEDAW); la Convencion Americana sobre Derechos Humanos; la Convencion sobre los Derechos del Nino; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos; el Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales; el Convenio 111 de la Organizacion Internacional del Trabajo relativo a la discriminacion en materia de Empleo y Ocupacion; entre otras normas internacionales rati cadas por el Estado Peruano, garantizan el MORDAZA de igualdad y promueven la eliminacion del racismo y la discriminacion en todos los ambitos; Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru establece, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el n supremo de la sociedad y el Estado; en el numeral 2) de su articulo 2º dispone, que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y que ninguna persona debe ser discriminada por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole; Que, los articulos 3º y 6º de la Ley Nº 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones, establece que, es potestad del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptar politicas, planes y programas, integrando de manera transversal los principios de la Ley referidos a: a) El reconocimiento de la equidad de genero, desterrando practicas, concepciones y lenguaje que justi quen la superioridad de alguno de los sexos, asi como todo MORDAZA de discriminacion y exclusion sexual y social, b) La prevalencia de los derechos humanos, en su MORDAZA integral, resaltando los derechos de las mujeres a lo largo de su ciclo de MORDAZA, c) El respeto a la realidad pluricultural, multilingue y multietnica, promoviendo la inclusion social, la interculturalidad, el dialogo e intercambio y enriquecimiento mutuo, d) El reconocimiento y respeto a los ninos, ninas, adolescentes, jovenes, personas adultas y personas con discapacidad o grupos etareos mas afectados por la discriminacion"; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que, el Desarrollo Regional esta orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades; en su articulo 8º establece, entre los principios rectores de las politicas y la gestion regional el de Inclusion, referido a que el Gobierno Regional desarrolla politicas que buscan promover los derechos de los grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion; asi como establece "la equidad como componente constitutivo y orientador de la politica y la gestion regional"; y, en su articulo 60º precisa las funciones especi cas del Gobierno Regional en materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades; Que, el Plan Nacional de Igualdad de Genero 20122017 aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2012MIMP, es el instrumento cuyo objetivo es transversalizar el enfoque de genero en las politicas publicas del Estado Peruano, en sus tres niveles de gobierno, garantizando la igualdad y la efectiva proteccion de los derechos humanos para mujeres y hombres, la no discriminacion y el pleno desarrollo de las potencialidades y capacidades individuales y colectivas. De esta manera, se espera garantizar a todas las personas, el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomia; asi como erradicar toda forma de discriminacion, para alcanzar la igualdad real y efectiva; Que, con Ordenanza Regional Nº 170-2013-GRJ/ CR se aprueba el "Plan Regional de Igualdad de Genero 2013-2017 de la Region Junin" que, es un instrumento de gestion y de politica concertada a nivel regional, que se articula con los lineamientos del Plan Nacional de Igualdad de Genero 2012-2017 con el fin de garantizar los derechos economicos, sociales y politicos de las mujeres e institucionalizar la equidad de genero en las politicas, programas y proyectos a nivel regional; Que, el Convenio de Gestion suscrito entre el Gobierno Regional MORDAZA y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP del ano 2011, tiene por objetivo transversalizar el enfoque de genero en la gestion publica del gobierno regional. Las metas al 2013 y 2014 son contar con lineamientos tecnicos del MIMP implementados para la identi cacion y priorizacion de brecha de genero

El Peruano MORDAZA 31 de agosto de 2014

en los instrumentos de gestion; MORDAZA que dispone la transversalizacion del enfoque de genero en la gestion regional y una instancia organica que incorpora los lineamientos del MIMP para impulsar la transversalizacion del enfoque de genero en la gestion regional; Que, la transversalizacion del enfoque de genero en la gestion publica a nivel regional es fundamental para garantizar el reconocimiento, promocion, proteccion y exigibilidad de los derechos de las mujeres y hombres en igualdad de condiciones en los diferentes ambitos publicos y privados a n de lograr la reduccion de la desigualdad, exclusion y situacion de vulnerabilidad social, economica, politica y cultural y contribuir a la construccion de una ciudadania plena para hombres y mujeres sin ningun MORDAZA de discriminacion; Que, mediante O cio Nº 071-2014-MIMP-DGTEG la Directora General de Transversalizacion del Enfoque de Genero del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables remite el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba los "Lineamientos Tecnicos para la Transversalizacion del Enfoque de Genero en las Politicas y Gestion del Gobierno Regional Junin" que, contribuira a transversalizar el enfoque de genero en las politicas, planes, programas y proyectos del Gobierno Regional de MORDAZA, para el cierre de las brechas de genero y el avance signi cativo hacia el desarrollo con igualdad de genero de la region; con Informe Tecnico Nº 002-2014/GRJ-GRDS-LMA la Gerencia Regional de Desarrollo Social da la conformidad tecnica a este proyecto de Ordenanza Regional; a traves del Informe Legal Nº 572-2014-GRJ/ORAJ, la Directora de la O cina Regional de Asesoria Juridica emite opinion legal favorable de procedente al presente proyecto de MORDAZA Regional; Que, contando con el Dictamen Nº 001-2014-GRJCR/CPDHLMyF favorable, de la Comision Permanente de Derechos Humanos, de la Mujer y la Familia y de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS "LINEAMIENTOS TECNICOS PARA LA TRANSVERSALIZACION DEL ENFOQUE DE GENERO EN LAS POLITICAS Y GESTION DE LA REGION JUNIN" Articulo Primero.- APRUEBENSE los "Lineamientos tecnicos para la transversalizacion del enfoque de genero en las politicas y gestion de la Region Junin" los cuales se desarrollaran en: a) Las Politicas y las Gestion Institucional; b) El MORDAZA de plani cacion; c) El MORDAZA presupuestario; d) El MORDAZA de monitoreo; y, e) El MORDAZA de rendicion de cuentas; el cual se anexa en su integridad a la presente Ordenanza Regional en cuatro (04) folios. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social la implementacion y monitoreo del cumplimiento obligatorio de los "Lineamientos tecnicos para la transversalizacion del enfoque de genero en las politicas y gestion de la Region Junin" en todos los organos del Gobierno Regional Junin. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional MORDAZA, a los 25 dias del mes de agosto de 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 26 dias del mes de agosto de 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 1130554-1

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