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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (03/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539120 Que, el inciso 2, del artículo 15°, de la Ley de Recursos Hídricos, señala que la Autoridad Nacional del Agua tiene como función establecer los lineamientos para la formulación y actualización de los planes de gestión de los recursos hídricos de las cuencas, aprobarlos y supervisar su implementación; Que, la Autoridad Nacional del Agua interviene en los aspectos relacionados con la gestión de los recursos hídricos en ámbitos delimitados naturalmente por cuencas hidrográfi cas y administrativamente mediante sus Autoridades Administrativa de Agua (AAA) y Autoridades Local del Agua (ALA), respectivamente; Que, mediante el Informe N° 334-2014-ANA-OPP/UP el Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, solicita la aprobación del Plan de Intervención 2014 de la Autoridad Nacional del Agua, para el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, manifestando que el mismo cuenta con los aportes y el consenso de las unidades orgánicas encargadas de su ejecución; Que, en el citado Plan se determina que la Autoridad Nacional del Agua, intervendrá a través de cuatro (4) Autoridades Administrativas del Agua Ucayali, Mantaro, Pampas – Apurímac y Urubamba – Vilcanota; así como ocho (8) Administraciones Locales del Agua, Perené, Atalaya, Mantaro, Huancavelica, Ayacucho, Bajo Apurímac - Pampas, Medio Apurímac – Pachachaca y la Convención, respectivamente; con la ejecución de las siguientes líneas de acción, Implementación del sistema de información de recursos hídricos; Apoyo en la formulación de estudios de pre-inversión e inversión de proyectos de desarrollo agrario relacionados con la gestión del agua; Formalización de derechos de uso de agua; Delimitación de los sectores y subsectores hidráulicos; y con el establecimiento de Programa de Monitoreo de Calidad de Agua en las Cuencas del VRAEM; Con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales y de Secretaria General; y en uso de las facultades conferidas en el inciso h), del artículo 11°, del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, lo dispuesto en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar, el Plan de Intervención 2014 de la Autoridad Nacional del Agua, para el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM. Artículo 2º.- Publicación Publíquese la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial El Peruano. El Plan de Intervención 2014 de la Autoridad Nacional del Agua, para el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución, será publicado en el portal de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1172759-1 Designan Directora de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 102-2014-SERFOR-DE Lima, 2 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI modifi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, el cual establece que el SERFOR cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 04- 2014-SERFOR-DE, se encargó las funciones de la Ofi cina de Tesorería de la Ofi cina General de Administración del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR al señor Miguel Angel Gonzalez Carbonel; Que, resulta pertinente designar al servidor que ocupará en calidad de Titular, el puesto de Director de la Ofi cina de Tesorería de la Ofi cina General de Administración del SERFOR, considerado de confi anza; dando por concluido, en tal sentido, el encargo de funciones referido en el párrafo precedente; Con el visto bueno de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el literal p del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013- MINAGRI y modifi cado por Decreto Supremo N° 016- 2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido, el encargo de las funciones de la Ofi cina de Tesorería de la Ofi cina General de Administración del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre –SERFOR al señor MIGUEL ANGEL GONZALEZ CARBONEL; dándosele las gracias por servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a la señora ELIZABETH JESÚS VALDIVIA GUTARRA, en el puesto de Directora de la Ofi cina de Tesorería de la Ofi cina General de Administración del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre –SERFOR, cargo considerado de confi anza. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del SERFOR: www.serfor.gob.pe. Regístrese y comuníquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1172462-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de personal del Viceministerio de Comercio Exterior a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2014-MINCETUR Lima, 1 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fi n de alcanzar una mayor proyección