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El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539125 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 23 636 939,00 TOTAL EGRESOS 23 636 939,00 A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005242 : Desarrollo de implementación de Infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higiénicos en Instituciones Educativas del nivel de educación inicial y primaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.5 Otros Gastos 23 636 939,00 TOTAL EGRESOS 23 636 939,00 1.2 La relación de proyectos de inversión pública, así como los montos correspondientes que se financian con cargo a los recursos autorizados en el numeral 1.1 del presente artículo se detallan en el Anexo “Relación de Proyectos de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higiénicos en Instituciones Educativas del nivel de educación inicial y primaria”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, y se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. El Pliego habilitado por el presente Decreto Supremo remitirá copia de la citada resolución al Ministerio de Educación. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1173020-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 del Pliego Ministerio de Educación a favor del pliego Instituto Peruano del Deporte, para financiar subvenciones a personas jurídicas y naturales DECRETO SUPREMO Nº 336-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 004-2014, establece medidas extraordinarias para estimular la economía, autoriza al Pliego Ministerio de Educación a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor del Instituto Peruano del Deporte (IPD), hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 000 000,00), con la fi nalidad de fi nanciar subvenciones a favor de deportistas califi cados y de alto nivel, Federaciones Deportivas Nacionales y Comité Olímpico Peruano; así como para fi nanciar el desarrollo de los II Juegos Bolivarianos de Playa, y la participación de deportistas en dichos eventos. Las mencionadas modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último. Para efecto de lo antes establecido, se exceptúa al pliego Ministerio de Educación de la aplicación de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y en el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias; Que, el artículo 3 de la Ley N° 30097, Ley para el fi nanciamiento de programas y actividades prioritarias en materia educativa y deportiva, dispone en el Pliego Instituto Peruano del Deporte (IPD), la priorización de la actividad “Desarrollo de estímulos a los deportistas de alta competencia”, comprendida en el año fi scal 2013 en el Programa Presupuestal “Mejora del Desempeño Deportivo de los Deportistas Peruanos de Alta Competencia” del IPD, y a partir del año fi scal 2014 en el Programa Presupuestal que corresponda al mismo pliego. En el marco de la citada actividad, autoriza al IPD a otorgar subvenciones económicas a favor de deportistas califi cados y de alto nivel; asimismo, se dispone que mediante resolución del Titular del IPD se aprueban las normas complementarias que regulan el otorgamiento de las mencionadas subvenciones, incluyendo su monto y condiciones para su otorgamiento, considerando las metas asociadas al correspondiente Programa Presupuestal; Que, mediante Oficio N° 1983-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación del Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor del Instituto Peruano del Deporte hasta por la suma de TREINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 31 985 604,00), a fin de financiar lo dispuesto