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El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539135 en el distrito de Eduardo Villanueva, provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario 21232514 Servidumbre temporal (02 años) a partir del inicio de obras: Área 1: Área 2: Área: 7 010,00 m2 Área: 3 600,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este V1 9 175 090 819 956 V2 9 175 235 819 697 Área: 3 410,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este V1 9 175 085 820 056 V2 9 175 490 820 548 Público Público Artículo 3.- Empresa Eléctrica Agua Azul S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4.- Empresa Eléctrica Agua Azul S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolución no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Artículo 6.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 7.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1171657-1 PRODUCE Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes y Prendas Complementarias para la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 420-2014-PRODUCE Lima, 1 de diciembre de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 1345-2014-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe Nº 103-2014-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo Productivo, el Informe Nº 001-2014-PRODUCE/CE del Presidente del Comité Electoral y el Informe Nº 077- 2014-PRODUCE/OGAJ-jmantilla de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29271, establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa - MYPE; Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera, con el objeto de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional en determinadas materias, entre ellas la producción y productividad a favor de las micro, pequeñas y medianas empresas, autorizando al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar mediante la modalidad de Núcleos Ejecutores la adquisición de determinados bienes a las MYPE; Que, la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30056, la que a su vez, es modifi cada por la Primera Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30264, - Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, se dispone entre otros aspectos, la ampliación de la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 hasta el 31 de diciembre de 2016 a efecto de continuar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de Núcleos Ejecutores; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, modifi cado por la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30264, dispone que para la adquisición de cada bien se formará un Núcleo Ejecutor de Compra, el que estará conformado, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de la Producción y un representante (01) del gremio de la MYPE vinculado con el bien adquirir; asimismo en el último párrafo del numeral 9.3 señala que los Ministerios, el INDECI y los demás organismos deberán acreditar a sus representantes a través de resoluciones emitidas por estas instituciones. La designación del representante del gremio de la MYPE será formalizada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 005-2014 se dictan medidas extraordinarias adicionales para estimular la economía, disponiendo en su artículo 3 que se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a efectos de fi nanciar la adquisición de uniformes y prendas complementarias para la Policía Nacional del Perú, a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, en el marco de lo establecido en el Capítulo I del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 y sus modifi catorias; Que, por medio de la Resolución Ministerial Nº 291-2014-PRODUCE, se convocó a elecciones de los representantes de los gremios de las MYPE de los sectores productivos vinculados a los bienes a adquirir a través de Núcleos Ejecutores de Compra en los ramos del sector textil y confecciones, metalmecánica, cuero y calzado, muebles y de la industria de madera; Que, a través del Informe Nº 01-2014-PRODUCE/CE el Presidente del Comité Electoral encargado del proceso de elección de los representantes del gremio de la MYPE, comunica a la Dirección General de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, los resultados del proceso de elección; Que, de acuerdo a los informes de vistos, corresponde formalizar la designación de los representantes del gremio de la MYPE y del representante del Ministerio de la Producción, ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes y Prendas Complementarias para la Policía Nacional del Perú, conforme a lo autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 005-2014; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, que dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera, para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional y sus modifi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.-. Designar al señor AMADOR JERÍ MUÑOZ como representante del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes y Prendas Complementarias para la Policía Nacional del Perú,