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El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539136 conforme lo establece el Decreto de Urgencia Nº 058- 2011. Artículo 2.- Formalizar la designación del señor EPIFANIO GONZALES GAVILÁN y de la señora LIZ ROCIO HERVACIO JACINTO, como representantes titular y suplente, respectivamente, del gremio de la MYPE ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes y Prendas Complementarias para la Policía Nacional del Perú, conforme lo establece el Decreto de Urgencia Nº 058-2011. Artículo 3.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Ministerio del Interior y a la Sociedad Nacional de Industrias. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1172126-1 Aprueban formatos de inspección de las actividades pesqueras y acuicolas, y formatos de fiscalización de inspectores así como los instructivos para su llenado y procesamiento RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 040-2014-PRODUCE/DGSF Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTOS: El Informe Nº 00014-2014-PRODUCE/DFI-jgallegos- acornejo y el Memorando Nº 4965-2014-PRODUCE/DFI, de la Dirección de Fiscalización de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 100º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción, por intermedio de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, así como de las dependencias regionales de pesquería y otros organismos a los que se le delegue dicha facultad, llevará a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementara los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2013- PRODUCE, se aprobó el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, con el objetivo de establecer los principios, obligaciones y procedimientos de las actividades de supervisión de competencia del Ministerio de la Producción; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 348- 2007-PRODUCE, quedan modifi cados los formatos de Reporte de Ocurrencias, su correspondiente Notifi cación y Actas de Inspección, de Decomiso, de Donación, de Incineración y de Devolución de Recursos Hidrobiológicos al Mar, consignadas en el anexo de la Norma de Muestreo de Recursos Hidrobiológicos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 257-2002-PE, de acuerdo a los formatos de los Anexos 3 y 4, respectivamente, que forma parte de la presente resolución ministerial. Que, el literal c) del numeral 2 de la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 006-2014-PRODUCE, establece que la Dirección General de Supervisión y Fiscalización aprobará los formatos de inspección para el desarrollo de las funciones de seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras y acuícolas; Que, mediante el memorando del visto, la Dirección de Fiscalización remite la nueva estructura de los formatos de supervisión y los formatos de fiscalización de inspectores y los instructivos para el llenado y procesamiento de los mismos; los cuales resultan conveniente aprobar; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047, Ley Orgánica del Ministerio de la Producción, se aprobó la nueva estructura orgánica del Ministerio de la Producción; y por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, estableciéndose que la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, es el órgano de línea del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción, que tiene por función la supervisión y fi scalización del cumplimiento de la normativa aplicable a las actividad pesqueras y acuícolas, así como del cumplimiento de las condiciones establecidas en el respectivo título, otorgado por el Ministerio de la Producción, para el acceso a dichas actividades económicas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343- 2012-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 006-2014- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de los formatos de inspección de las actividades pesqueras y acuícolas. Apruébense los formatos de inspección de las actividades pesqueras y acuícolas que en Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, forman parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobación de los formatos de fi scalización de inspectores. Apruébense los formatos de fi scalización de inspectores así como los instructivos para el llenado y procesamiento de los mismos, que en Anexos 7, 8, 9 y 10, forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del 01 de enero del año 2015. Artículo 4.- Publicación La presente resolución será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, y sus anexos en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESUS ELOY BARRIENTOS RUIZ Director General de Supervisión y Fiscalización 1171793-1 Aprueban Directiva “Procedimiento para el pesaje de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo, así como sus descartes y residuos en balanzas industriales de plataforma de acero inoxidable o balanzas industriales de plataforma camionera, instaladas en desembarcaderos pesqueros artesanales, muelles o empresas que prestan servicio de pesaje” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 041-2014-PRODUCE/DGSF Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 1388-2014-PRODUCE/DTS, del 13 de noviembre de 2014, la Dirección de Tecnología para la Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, y;