Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2014 (04/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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100) en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Oficio Nº 711-2014-SUNARP/ Z.R.NºIX/CLL-PR de fecha 01 de octubre de 2014, la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA remite el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 01 de octubre sobre la base del Informe Tecnico Nº 17336-2014-SUNARP-Z.R. Nº IX/ OC de fecha 10 de setiembre de 2014, donde senala que el predio en consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica de predios con antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 06 de noviembre de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, con una topografia variada y pendiente fuerte por la presencia de MORDAZA y cerros, con MORDAZA de suelo arcilloso-limoso, encontrandose desocupado; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 180 215,89 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0934 - 2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de noviembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 180 215,89 m², ubicado al Oeste del Sector MORDAZA Negras y al Este del sector denominado MORDAZA Porcino, a la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100) en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1172816-8 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 770-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 26 de noviembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1365-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 733,49 m², ubicado al Sureste del distrito de Marcona, a la margen izquierda de la carretera Panamericana Sur, Km. 498 ( Tramo Ica-Arequipa), en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 5 733,49 m², ubicado al Sureste del distrito de Marcona, a la margen izquierda de la carretera Panamericana Sur, Km. 498 ( Tramo Ica-Arequipa), en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Oficio Nº 0216-2014/Z.R.NºXI-UREGC de fecha 18 de setiembre de 2014, la MORDAZA Registral Nº XI ­ Sede Ica remite el Informe Tecnico Nº 1058-2014Z.R.Nº/UR-NASCA de fecha 17 de setiembre de 2014, donde senala que el predio en consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica, por lo que no es posible determinar si existen predios inscritos o no; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 03 de setiembre de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, con suelo de MORDAZA arenoso y limoso con presencia de gravas, con una topografia plana y semiplana, encontrandose desocupado; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 733,49 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0880 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 17 de noviembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 733,49 m², ubicado al Sureste del distrito de Marcona, a la margen izquierda de la carretera Panamericana Sur, Km. 498 (Tramo Ica-Arequipa), en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del

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