Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2014 (04/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 12 de noviembre de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, con una topografia variada y pendiente fuerte por la presencia de MORDAZA y cerros, con MORDAZA de suelo arcilloso-limoso; Que, elaborada la documentacion tecnica que sustenta la presente resolucion se procedio a determinar el area exacta a inscribir, el cual se ha determinado un area de 441 912,52 m², ubicado al Oeste de cerro Chillon y al Noreste del Sector denominado MORDAZA Porcino, aproximadamente a 8.2 Km. de la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100), Sureste del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 441 912,52 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0951-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de noviembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 441 912,52 m², ubicado al Oeste de cerro Chillon y al Noreste del Sector denominado MORDAZA Porcino, aproximadamente a 8.2 Km. de la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100), Sureste del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1172816-17 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 818-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 27 de noviembre de 2014 Visto el Expediente Nº 099-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo 38 520,58 m², ubicado al Norte de la jurisdiccion del distrito de Huaranchal, entre los Centros Poblados de Quinual, Susual e MORDAZA, en el distrito de Huaranchal, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014

de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 38 520,59 m², ubicado al Norte de la jurisdiccion del distrito de Huaranchal, entre los Centros Poblados de Quinual, Susual e MORDAZA, en el distrito de Huaranchal, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; se encontraria sin inscripcion registral; Que, la MORDAZA Registral Nº V ­ Sede MORDAZA, emitio el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 19 de diciembre de 2013, sobre la base del Informe Tecnico Nº6412-2013- ZR-V-ST/OC de fecha 19 de diciembre de 2013 donde senala que respecto al area en consulta no es posible determinar si este se encuentra inscrito ya sea en forma individual o como parte de otro de mayor extension; Que, a fin de actualizar la Busqueda Catastral, se solicito nueva consulta a la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA , mediante el cual con Oficio Nº 503-2014-ZR-VST/OTUZ/VRS de fecha 19 de noviembre de 2014 remite el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 19 de noviembre de 2014 sobre la base del Informe Tecnico Nº 6692-2014-ZR-V-ST/OC de fecha 31 de octubre de 2014 donde senala que no es posible determinar fehacientemente si el predio materia de estudio se encuentra inscrito ya sea en forma individual o como parte de otro de mayor extension; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 04 de setiembre de 2014 se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, con topografia variada con una pendiente fuerte debido a que se encuentra ubicado formando parte de la ladera de un cerro, con MORDAZA de suelo arcilloso-rocoso, encontrandose desocupada; Que, elaborada la documentacion tecnica que sustenta la presente resolucion se procedio a determinar el area exacta a inscribir, el cual se ha determinado un area de 38 520,58 m², ubicado al Norte de la jurisdiccion del distrito de Huaranchal, entre los Centros Poblados de Quinual, Susual e MORDAZA, en el distrito de Huaranchal, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 38 520,58 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0955-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 27 de noviembre de 2014;

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