Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2014 (04/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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ventanilla (ruta CL-100), aproximadamente a 400 metros al Sureste del sector denominado MORDAZA Porcino en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Oficio Nº 717-2014-SUNARP/ Z.R.NºIX/CLL-PR de fecha 14 de octubre de 2014, la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA remite el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 13 de octubre sobre la base del Informe Tecnico Nº 18376-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/ OC de fecha 09 de octubre de 2014, donde senala que el predio en consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica de predios con antecedentes registrales, asimismo que la MORDAZA en consulta se encuentra ubicado sobre las zonas Arqueologicas denominadas "Puente Inga", Muralla de Chuquitana y "Cerro Respiro"; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 12 de noviembre de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, arida, con pendiente plana y fuerte por la presencia de cerros y MORDAZA, cuya topografia asciende en sentido Sur- Norte aproximadamente de 60 a 190 msnm, con MORDAZA de suelo arcilloso-limoso; Que, tomando en consideracion que parte del predio de mayor extension materia de consulta, existen areas que atraviesan zonas arqueologicas se procedio a redefinir el area materia de consulta a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un area de 565 244,37 m², ubicado entre MORDAZA Los Perros y cerro Respiro, a la margen derecha de la carretera a ventanilla (ruta CL-100), aproximadamente a 400 metros al Sureste del sector denominado MORDAZA Porcino en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 565 244,37 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0953-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de noviembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 565 244,37 m², ubicado entre MORDAZA Los Perros y cerro Respiro, a la margen derecha de la carretera a ventanilla (ruta CL-100), aproximadamente a 400 metros al Sureste del sector denominado MORDAZA Porcino en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1172816-14

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 811-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 27 de noviembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1420-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 899 071,13 m², ubicado al Oeste de los cerros Chillon y Resbalon, aproximadamente a 5.3 Km. de la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100), Sureste del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 899 071,13 m², ubicado al Oeste de los cerros Chillon y Resbalon, aproximadamente a 5.3 Km. de la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100), Sureste del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Oficio Nº 719-2014-SUNARP/ Z.R.NºIX/CLL-PR de fecha 14 de octubre de 2014, la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA remite el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 13 de octubre sobre la base del Informe Tecnico Nº 18374-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/ OC de fecha 09 de octubre de 2014, donde senala que el predio en consulta se encuentra en una MORDAZA donde no se tiene informacion grafica de predios con antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 12 de noviembre de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, con una topografia variada y pendiente fuerte por la presencia de MORDAZA y cerros, con MORDAZA de suelo arcilloso-limoso, encontrandose desocupado; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 899 071,13 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0950- 2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de noviembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 899 071,13 m², ubicado al Oeste de los cerros Chillon y Resbalon,

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