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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (04/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 132

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539318 tratamiento de aguas residuales, pista hípica, cuneta de drenaje pluvial; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado de 207 712,32 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0942-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de noviembre de 2014. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 207 712.,32 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Chalhuahuacho, distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº X - Sede Cusco de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Apurimac. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1172816-20 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 829-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de noviembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1415-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 517 132,32 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Chalhuahuacho, distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 1 517 132,32 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Chalhuahuacho, distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, que se encontraría sin inscripción registral; Que, el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 06 de noviembre de 2014 sobre la base del Informe Técnico Nº 1814-2014-ZR Nº X/OC-OR-ABANCAY-U de fecha 31 de octubre de 2014, señala que el área en consulta no se encuentra inscrito; Que, realizada la inspección técnica con fecha 12 de noviembre de 2014, se observó que el terreno es de terreno rústico de topografía variada con pendiente menores al 5% aproximadamente, presenta un suelo de composición arenosa con presencia de piedra, constituido por material pedregoso de río conglomerado terreno desocupado, se observa un camal, losas deportivas, sistema de tratamiento de aguas residuales, pista hípica, y una cuneta de drenaje pluvial. Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado de 1 517 132,32 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 945-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de noviembre de 2014. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 517 132,32 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Chalhuahuacho, distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº X - Sede Cusco de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Apurímac. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1172816-21 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 830-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de noviembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1058-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 87 195,56 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Chalhuahuacho, distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac;