Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2014 (07/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 7 de diciembre de 2014

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de las labores de control, comprobando y calificando su materializacion efectiva, conforme a las disposiciones de la materia. j) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloria General para la ejecucion de las labores de control en el ambito de la entidad. Asimismo, el Jefe del OCI y el personal de dicho Organo colaboraran, por disposicion de la Contraloria General, en otras labores de control, por razones operativas o de especialidad. k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas internas aplicables a la entidad por parte de las unidades organicas y personal de esta. l) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobacion correspondiente. m) Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formulen la Contraloria General. n) Cautelar que la publicidad de los informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia. o) Cautelar que cualquier modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal, asi como de la parte correspondiente del Reglamento de Organizacion y Funciones, relativos al OCI se realice de conformidad con las disposiciones de la materia. p) Promover la capacitacion permanente del personal que conforma el OCI, incluida la Jefatura, a traves de la Escuela Nacional de Control de la Contraloria General o de cualquier otra institucion universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en temas vinculadas con el control gubernamental, la administracion publica y aquellas materias afines a la gestion de las organizaciones. q) Mantener ordenados, custodiados y a disposicion de la Contraloria General durante diez (10) anos los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y los documentos relativos a la actividad funcional de los OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector publico. El Jefe del OCI adoptara las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental. r) Cautelar que el personal del OCI de cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores publicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia. s) Mantener en reserva la informacion clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades. t) Otras que establezca la Contraloria General. Articulo 5º.- Modifiquese el articulo 37º en su integridad, siendo el MORDAZA texto normativo el siguiente: Articulo 37º.- Para el cumplimiento de sus funciones, el Organo de Control Institucional cuenta con la siguiente dependencia: - Oficina del Organo de Control Institucional. Articulo 6º.- Derogar los articulos 38º, 39º, 40º y 41º. Articulo 7º.- Publiquese la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial el Peruano y encarguese al Despacho de Gerencia Municipal su publicacion en el MORDAZA Institucional.www.munisandia.gob.pe y en el MORDAZA del estado Peruano www.peru.gob.pe de conformidad con el articulo 2º de la Ley Nº29091. Articulo 8º.- Encarguese a la Gerencia Municipal a fin de que a traves de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal y la modificacion y adecuacion de los instrumentos de gestion interna (MOF, CAP, PAP) de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, conforme a los alcances de la presente ordenanza municipal. Articulo 9º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1174289-1

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº019-2011-MPS/A DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2011, QUE APROBO EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF), DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA, CORRESPONDIENTE AL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL ­ OCI Articulo 1º.- Modificase la ORDENANZA MUNICIPAL Nº019-2011-MPS/A, de fecha 29 de diciembre del ano 2011, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, conforme se senala en los siguientes articulos de la Presente Ordenanza Municipal. Articulo 2º.- Modifiquese el articulo 34º, siendo su texto normativo el siguiente: Articulo 34º.- El Organo de Control Institucional (OCI) constituye la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 6º, 7º y 8º de la Ley 27785 "Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica", con la finalidad de promover la correcta y transparente gestion de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, asi como el logro de sus resultados, mediante la ejecucion de labores de control. Articulo 3º.- Modifiquese el articulo 35º, siendo su texto normativo el siguiente: Articulo 35º.- El Organo de Control Institucional es el Organo que conforma el Sistema Nacional de Control. Su Jefe guarda dependencia funcional y administrativa con la Contraloria General de la Republica. Las funciones del Organo de Control Institucional son determinadas por la Contraloria General de la Republica. Articulo 4º.- Modifiquese el articulo 36º en su integridad, siendo el MORDAZA texto normativo el siguiente: Articulo 36º.- SON FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL LAS SIGUIENTES: a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control a que se refiere el articulo 7º de la Ley 27785, asi como el control externo a que se refiere el articulo 8º de la Ley 27785, por encargo de la Contraloria General. b) Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, asi como la gestion de la misma, de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloria General. c) Ejecutar las labores de control a los actos y operaciones de la entidad que disponga la Contraloria General. Cuando estas labores de control MORDAZA requeridas por el Titular de la entidad y tengan el caracter de no programadas, su ejecucion se efectuara de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloria General. d) Ejercer el control preventivo en la entidad dentro del MORDAZA de lo establecido en las disposiciones emitidas por la Contraloria General, con el proposito de contribuir a la mejora de la gestion, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior. e) Remitir los informes resultantes de sus labores de control tanto a la Contraloria General como al Titular de la entidad y del sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. f) Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omision o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que se adopten las medidas correctivas pertinentes. g) Recibir y atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios publicos y ciudadania en general, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgandole el tramite que corresponda a su merito, conforme a las disposiciones emitidas sobre la materia. h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloria General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto. i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente la entidad como resultado

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