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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Domingo 7 de diciembre de 2014 539492 gerencia considera pertinente amparar por única vez la ampliación solicitada, máxime si el cronograma de ejecución de obras de la Central Hidroeléctrica Porvenir Arma, ya fue modifi cado, prorrogando por cuarenta (40) meses el plazo para su ejecución a través de Resolución de Gerencia Regional Nº 106-2011GRA/GREM. Finamente, en atención de lo establecido en el apartado referido al sector de Energía e Hidrocarburos del anexo del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM (Que Establece las Disposiciones Relativas a la Culminación de las Transferencias Programadas a los Gobiernos Regionales y Locales) publicado en el diario ofi cial El Peruano con fecha 13 de octubre de 2006, el cual, complementando el artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, otorga a ésta Gerencia Regional, la función de impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbanos y rurales, así como otorgar concesiones para minicentrales de generación eléctrica; en ejercicio de la función de impulso y promoción de proyectos y obras de generación de energía, resulta amparable de manera excepcional, la modifi cación del plazo del cronograma de ejecución de obras del derecho conferido a través de Resolución de Gerencia Regional Nº 106-2011-GRA/ GREM por el plazo de cuarenta meses; lo cual aunado a la manifestación expresa de llevar a cabo el proyecto de la Central Hidroeléctrica Arma I efectuada; SE RESUELVE: Primero.- Modifíquese el artículo segundo de la Resolución de Gerencia Regional Nº 106-2011-GRA/ GREM, únicamente en el extremo que establece el plazo para la construcción de las obras de la Central Hidroeléctrica Porvenir Arma, otorgando a Empresa de Generación Eléctrica Agroindustrial, Minera y su Comercialización S.R.L (EMGEL AGROMIN) el plazo de cuarenta (40) meses para la ejecución de las referidas obras de acuerdo al cronograma adjunto a través de escrito de fecha 11 de noviembre de 2014 con registro de ingreso Nº 7412, plazo que empezará regir a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Segundo.- Otorgar la prórroga a que se refi ere el artículo primero de manera excepcional y por única vez, en ese sentido, se deja establecido que al haberse modifi cado por segunda vez el cronograma de ejecución de obras de la Central Hidroeléctrica Porvenir Arma, cualquier incumplimiento en el referido cronograma constituye causal automática de caducidad de la concesión otorgada conforme a lo establecido por el literal b) del artículo 36 de la Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas), disponiendo su cancelación inmediata conforme a lo establecido por el literal e) del Decreto Supremo Nº 009- 93-EM (Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas) y sin que pueda modifi carse nuevamente el cronograma de ejecución de obras o prorrogarse el plazo para su ejecución. Regístrese, notifíquese y archívese. LUIS ANGEL TALAVERA BEGAZO Gerente Regional Gerencia Regional de Energía y Minas 1174339-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban solicitud de autorización de transferencia de la obra: “Pequeño Sistema Eléctrico Pucallpa - Masisea” a título gratuito a favor de la empresa administradora de servicios Electro Ucayali S.A. ACUERDO Nº 146-2014-GRU/CR Pucallpa, 16 de octubre del 2014 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de octubre del 2014, con el voto por unanimidad del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, se aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR la solicitud de Autorización de Transferencia de la Obra: “Pequeño Sistema Eléctrico Pucallpa-Masisea” a Título Gratuito a favor de la Empresa Administradora de Servicios ELECTRO UCAYALI S.A. Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y a la Ofi cina de Sistemas su difusión a través del portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali” (www. regionucayali.gob.pe). Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del acta”. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. INDIRA MARIANA URCIA ARÉVALO Consejera Delegada 1174263-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Prorrogan para el Ejercicio 2015, la vigencia de la Ordenanza Nº 332-MDL, que aprobó monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y distribución a domicilio para el año 2014 ORDENANZA Nº 342-MDL Lince, 26 de noviembre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 13, de fecha 21 de noviembre del 2014, emitido por la Comisión de Economía y Administración, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: “ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2015, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 332-MDL – ORDENANZA QUE APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE IMPUESTOS Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO PARA EL AÑO 2014” Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 332-MDL ratifi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 225-MML, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicados en el diario ofi cial “El