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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Domingo 7 de diciembre de 2014 539498 Concejo Municipal distrital de San Luis, se aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - CCONNA DEL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo Primero.- Aprobar la creación del CONSEJO CONSULTIVO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES del distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima, que en adelante se denominará con las siglas CCONNA San Luis, siendo este un espacio del ejercicio del derecho de participación de la niñas, niños y adolescentes a nivel distrital, con el objetivo de que sus iniciativas, propuestas y sus opiniones sean escuchadas y canalizadas. Artículo Segundo.- El CCONNA de San Luis tiene la fi nalidad de participar en la formulación de políticas públicas en materia de la niñez y la adolescencia, mediante sus opiniones y propuestas a la municipalidad. Artículo Tercero.- Conformar la Comisión Organizadora del CONSEJO CONSULTIVO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES- CCONNA-San Luis, la cual estará conformada por: El Gerente de Promoción Económico y Social. El Sub Gerente de Servicios Sociales. Responsable de DEMUNA. El Gerente de Asesoría Legal. Regidor de la Comisión de Programas Sociales, DEMUNA y personas con discapacidad. La elaboración del Reglamento de la presente Ordenanza estará a cargo de la Comisión Organizadora del CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, el mismo que será aprobado por el Despacho de Alcaldía mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal estará a cargo de la Gerencia Municipal, Gerencia de Promoción Económico Social a través de la Sub Gerencia de Servicios Sociales y DEMUNA. Artículo Quinto.- Encarga a Secretaría General la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario Ofi cial El Peruano, la que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y su respectivo ingreso en la página web de la municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 1174384-1 Derogan la Ordenanza Nº 137-MDSL, que suspendió el otorgamiento de autorizaciones de infraestructura y telecomunicaciones (antenas) en las zonas residenciales y comerciales ORDENANZA N° 183-MDSL San Luis, 26 de noviembre de 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTOS: En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 376-2014-MDSL-GM, de la Gerencia Municipal, el Informe N° 174-2014-MDSL-GAL de la Gerencia de Asesoría Legal y el Informe N° 126- 2014-MDSL-GDU/SGOPC de La Subgerencia de Obras Privadas y Catastro; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades distritales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que mediante Ordenanza N° 137-MDSL se suspende temporalmente la admisión y trámite de solicitudes y el otorgamiento de las autorizaciones de infraestructura y telecomunicaciones (antenas) en las zonas residenciales y comerciales del distrito de San Luis. Que, mediante Resolución N° 0237-2012/CEB- INDECOPI, el Instituto Nacional de Defensa del Consumidor y Propiedad Intelectual (INDECOPI), declaró Barrera Burocrática Ilegal lo establecido en la Ordenanza N° 137-MDSL. Que, de conformidad al artículo 48° de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, la resolución que declara una Barrera Burocrática, será notifi cada a la entidad estatal que emitió la norma para que pueda disponer su modifi cación o derogación. Que, estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º Numeral 8) y Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA N° 137-MDSL Artículo Único.- DEROGAR la Ordenanza N° 137- MDSL, que Suspende el Otorgamiento de Autorizaciones de Infraestructura y Telecomunicaciones (antenas) en las zonas residenciales y comerciales del Distrito de San Luis de fecha 28 de marzo del 2012. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación conforme a Ley. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.-Encargar a la Secretaría General disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional. Regístrese, publíquese, y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 1174385-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble ubicada en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 281-2014/MDSMP San Martín de Porres, 7 de noviembre del 2014. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El informe Nº 568-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y,