Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2014 (07/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Que, asimismo el numeral 6) del articulo 82° de la Ley Organica de Municipalidades, senala que es competencia de los Gobiernos Locales apoyar la creacion de redes educativas como expresion de participacion y cooperacion entre los centros y los programas educativos de su jurisdiccion. Para ello se haran alianzas estrategicas con instituciones especializadas con instituciones especializadas de la comunidad; Que, las asociaciones que tienen como fin brindar educacion en forma mayoritaria a la ninez proveniente de hogares economicamente menos favorecidos, en los niveles de inicial, primaria y secundaria dentro de la jurisdiccion, coadyuvan al logro de los objetivos de la Municipalidad Distrital de San Isidro; Que, es importante mencionar que la Municipalidad de San MORDAZA en anteriores oportunidades ha otorgado condonacion e inafectacion por concepto de Arbitrios de anos anteriores al 2012, a los predios de propiedad de asociaciones que tienen como fin brindar educacion en forma mayoritaria a la ninez proveniente de hogares economicamente menos favorecidos, como es el caso de las Ordenanzas N°s. 260-MSI, 289-MSI y 329-MSI; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40° de Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; el Concejo Municipal por MAYORIA aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA CONDONACION DE ARBITRIOS Articulo Primero.- APROBAR la condonacion de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Seguridad Ciudadana de los Ejercicios 2012 y 2013, asi como los intereses moratorios generados, por los predios de propiedad de las asociaciones debidamente constituidas que tienen como fin brindar educacion en forma mayoritaria a la ninez proveniente de hogares economicamente menos favorecidos, en los niveles de inicial, primaria y secundaria, previa evaluacion de sus labores sociales por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad de San Isidro. Articulo Segundo.- DEL CUMPLIMIENTO.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria General la publicacion de la misma en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Tercero.- VIGENCIA.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- PUBLICACION DE CONTENIDO DE ORDENANZA EN LA WEB.- Sin perjuicio de la obligacion legal establecida en el Articulo Tercero, la presente Ordenanza sera publicada integramente en la pagina web de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanisidro.gob.pe), POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA DE MONZARZ STIER Alcaldesa 1174799-1

El Peruano MORDAZA 7 de diciembre de 2014

VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo N° 34 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru; Que, del mismo modo el numeral 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF - senala que "Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 41° del precitado Codigo Tributario establece que "La deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo"; Que, es politica de la presente administracion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, MORDAZA de naturaleza tributaria o administrativa; En uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF ­ el Concejo Municipal por MAYORIA aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE CONDONACION TRIBUTARIA CAPITULO UNICO Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION.- La presente Ordenanza es de aplicacion en los Subsectores 5.1 y 5.2 del Sector Vecinal Cinco (Sector Catastral ocho), de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, Provincia de Lima. Articulo Segundo.- FINALIDAD.- La presente Ordenanza tiene por finalidad condonar el importe insoluto por concepto del Arbitrio de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos) del ano 2012 determinados a los predios ubicados en los Subsectores 5.1 y 5.2 del Sector Vecinal Cinco (Sector Catastral Ocho), a fin de evitar un perjuicio a los contribuyentes de dicha MORDAZA del distrito. Articulo Tercero.- IMPORTE A CONDONAR.- El importe objeto de condonacion por concepto del Arbitrio de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos) del ano 2012 asciende a S/. 194,467.87 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 87/100 NUEVOS SOLES) por concepto de importe insoluto ademas de los intereses moratorios, determinado a 1,947 (Mil novecientos cuarenta y siete) contribuyentes por sus predios ubicados en los Subsectores 5.1 y 5.2 del Sector Vecinal CINCO (Sector Catastral ocho) del distrito de San Isidro. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- DEL CUMPLIMIENTO.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Gerencia de Administracion y Finanzas y sus respectivas dependencias, y a la Unidad de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria General la publicacion de la misma en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA (www.msi.gob.pe).

Aprueban condonacion de importe del arbitrio de limpieza publica del ano 2012 a predios ubicados en los Subsectores 5.1 y 5.2 del Sector Vecinal Cinco (Sector Catastral Ocho) del distrito
ORDENANZA Nº 375-MSI LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA

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