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El Peruano Domingo 7 de diciembre de 2014 539500 vías metropolitanas; y respecto a las vías locales se tiene que, sobre el terreno, se propone la continuidad de las vías colindantes que han definido los derechos de vías existentes; siendo las vías locales propuestas: Calle 1, Calle 2, Calle 4, Calle 5, Calle 6, Calle 7 y Calle 8, con una sección A-A de 11.40 m.; y la Calle 3 con una sección B-B de 16.00 m.; cumpliendo los módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones; Que, el Informe Nº 1650-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente trámite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898, así como el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 17,400.00 m², terreno constituido por la Parcela Nº 10229 del ex Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha Registral Nº 443979 y continuada en la Partida Electrónica Nº 43919881 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Urbanización Las Brisas de Santa Rosa II Etapa, ubicada en esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado Nº 122-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: Área Bruta Total Área (m²) Área Bruta Inscrita 17,400.00 m² Área Bruta Gráfi ca 19,889.62 m² Área Útil de vivienda (98 lotes) 12,985.74 m² Área para Recreación Pública 1,403.90 m² (Parque Nº 1) Área de Compensación 382.59 m² Área de Vías Locales 5,117.39 m² Artículo Tercero.- DISPONER la independización e inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) a favor del Estado y bajo administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el Aporte Reglamentario destinado para recreación pública denominado Parque Nº 1, con un área de 1,403.90 m2. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización Nº122-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- COMUNICAR a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN – para los fi nes que corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el Artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1174267-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA Modifican la Ordenanza Municipal Nº 019-2011-MPS/A, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 10-2014-MPS/A Sandia, 14 de noviembre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE SANDIA, visto el INFORME TECNICO LEGAL Nº 004-2014-MPS/OCI, Y EL INFORME TECNICO SUSTENTATORIO PARA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA, emitida por Director de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones de la Municipalidad provincial de Sandia, en Sesión Ordinaria celebrada en fecha 14 de noviembre del 2014, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 en el artículo 9º inciso 3, y; CONSIDERANDO: Que, la ORDENANZA MUNICIPALNº019-2011-MPS/ A, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Municipalidad Provincial de Sandia; Que, el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones de la Municipalidad Provincial de Sandia, alcanza el INFORME TECNICO SUSTENTATORIO PARA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA; habiéndose con ello cumplido el procedimiento administrativo que para el efecto se tiene previsto en los artículos 30º y 31º , de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización de Funciones de las entidades de la Administración Pública, aprobado mediante el D.S.Nº 043-2006-PCM, en la que se establecen las formalidades que debe contener el Informe Técnico Sustentatorio que permita modifi car parcialmente el Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Pleno del Concejo Municipal Provincial de Sandia, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, ha dado la siguiente: