Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2014 (11/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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VISTO: El Oficio Nº 926-2014-GO-CNDP-CE-PJ, cursado por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Organo de Gobierno del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que mediante Directiva Nº 001-2012CE-PJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa Nº 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, se establecen normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que por Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia del pais. Asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 062-2013-CE-PJ del 3 de MORDAZA de 2013, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional para los organos jurisdiccionales que no se encuentran en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia. Cuarto. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 131-2014-CE-PJ de fecha 23 de MORDAZA de 2014, se reubico el 2º Juzgado de Paz Letrado de Yunguyo, Distrito y Provincia del mismo nombre, a la sede de MORDAZA, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, como 5º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, a partir del 1º de junio y hasta el 30 de noviembre del ano en curso. Asimismo, por Resolucion Administrativa Nº 193-2014CE-PJ del 28 de MORDAZA del ano en curso, se dispuso la prorroga de funcionamiento hasta el 30 de de los corrientes, del 4º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y del 4º Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, ambos del Distrito Judicial de Puno. Quinto. Que mediante Oficio Superior Nº 213-2014P-CSJPU/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA somete a consideracion de este Organo de Gobierno la propuesta de prorroga de funcionamiento del 4º y 5º Juzgado de Paz Letrado de Puno; asi como del 4º Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, fundamentado en que dichos organos jurisdiccionales cuentan con carga procesal pendiente de tramitar. Sexto. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe Nº 146-2014-GO-CNDP-CE/PJ, recomendando la prorroga solicitada en funcion a los siguientes fundamentos: a) El 4º y 5º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, a setiembre del presente ano, registraron un avance de meta del 40% y 41%, respectivamente, superior al nivel de resolucion logrado por el resto de juzgados de paz letrado de dicho de distrito, que en promedio obtuvieron un 35%; y, b) El 4º Juzgado de Paz Letrado de Juliaca a setiembre del presente ano, alcanzo un avance de meta del 57%, superior al nivel de resolucion logrado por sus homologos que en promedio obtuvieron 49%. Setimo. Que el articulo 82º, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

El Peruano Jueves 11 de diciembre de 2014

En consecuencia; en merito al Acuerdo Nº 938-2014 de la trigesimo novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de diciembre del ano en curso y hasta el 28 de febrero de 2015, los siguientes organos jurisdiccionales permanentes de la Corte Superior de Justicia de Puno: · 4º Juzgado de Paz Letrado de Puno. · 5º Juzgado de Paz Letrado de Puno. · 4º Juzgado de Paz Letrado de Juliaca. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1175969-6

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Instauran el Sistema de Administracion en Linea (SIAL) y aprueban la Directiva Nº 01-2014-P-CSJLI/PJ "Sistema de Administracion en Linea de la Corte Superior de Justicia de Lima. Normas y Procedimientos Administrativos"
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 377-2014-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 5 de diciembre del 2014 VISTO: El Memorandum N° 144-2014-GAD-CSJLI-CSJLI/PJ, cursado por la Gerencia de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, es una politica de este Despacho la profesionalizacion y modernizacion de la administracion de la Corte Superior de Justicia de la Corte de MORDAZA, teniendo como eje el servicio de calidad al usuario externo y al interno. Entendiendo que una organizacion moderna debe saber comunicarse internamente, se ha constatado la carencia de un mecanismo que con fluidez comunique a los magistrados y administradores de las diversas sedes con la persona responsable de la administracion, es decir el titular de la Gerencia de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, dicha ausencia debe ser suplida sirviendose para ello de la mas alta tecnologia que cuenta la Corte de Justicia sin que signifique incremento presupuestal y dentro del MORDAZA de gestion que corresponde a este Despacho;

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