Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2014 (11/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 11 de diciembre de 2014

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materias podria ser asumida por la 1° Sala Civil y la 1° y 2° Sala Laboral de la misma provincia. f) La Provincia de La Convencion comprende 8 distritos que se encuentran bajo la competencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, de los cuales el Distrito de Vilcabamba y Echarati se encuentran en Estado de Emergencia, conforme a lo dispuesto en los Decretos Supremos Nros. 059 y 0602014-PCM; por lo que seria recomendable el retorno de su Sala Mixta Descentralizada con la finalidad de fortalecer la presencia del Estado a traves de los servicios de justicia que brinda al Poder Judicial; razon por la cual seria conveniente la conversion y reubicacion de la Sala Constitucional y Social de la Provincia del MORDAZA como Sala Mixta Descentralizada de la Provincia de la Convencion y que en adicion a sus funciones sea Sala Penal de Apelaciones, con la finalidad que reciba expedientes provenientes de Los Juzgados Penales Unipersonales existentes en dicha provincia teniendose en cuenta para ello el MORDAZA de economia procesal. Sexto. Que el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicacion de organos jurisdiccionales a nivel nacional; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 932-2014 de la trigesimo novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de enero de 2015, la Sala Constitucional y Social del MORDAZA, Distrito Judicial del mismo nombre, en Sala Mixta Descentralizada de la Provincia de La Convencion y en adicion a sus funciones Sala Penal de Apelaciones, del mismo Distrito Judicial; con competencia territorial en la citada provincia, con excepcion de los Distritos de Pichari y Kimbiri. Articulo Segundo.- Disponer que los expedientes de la especialidad civil y laboral que no esten expeditos para sentenciar ni se encuentren con vista de causa MORDAZA redistribuidos respectivamente entre la Primera Sala Civil; asi como la Primera y MORDAZA Sala Laboral en forma equitativa. Articulo Tercero.- Modificar la denominacion de la Primera Sala Civil del MORDAZA como Sala Civil del Cusco. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1175969-3

el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que mediante Directiva N° 001-2012CE-PJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, se establecen normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, que aprobo los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, se establece que "Las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales (...) deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicacion y/o conversion de otros organos jurisdiccionales, permanentes o transitorios, o mediante la creacion de nuevos organos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo financiamiento"; asimismo, el articulo MORDAZA, literal a), de la Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, de fecha 3 de MORDAZA de 2013, que aprobo los estandares de expedientes en tramite resueltos a nivel nacional para los organos jurisdiccionales que no son sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, autoriza a la Comision Nacional de Descarga Procesal para que, entre otras acciones, realice un estudio de racionalizacion de organos jurisdiccionales permanentes y transitorios fuera de sede principal que no alcancen el estandar de produccion judicial aprobado, proponiendo a este Organo de Gobierno las acciones administrativas mas convenientes. Cuarto. Que por Oficio Multiple Nº 0139-2014-PCMONDS, el Alto Comisionado de la Oficina Nacional de Dialogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros solicita evaluar el pedido efectuado por el denominado Comite Central de Lucha por el Desarrollo de la Provincia de La Convencion, en relacion al retorno de la Sala Mixta Descentralizada a la referida provincia. Asimismo, mediante Oficio N° 8791-2014-P-CSJCU-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, solicita la creacion de una Sala Mixta Descentralizada en la Provincia de La Convencion, que en adicion de funciones sea Sala Penal de Apelaciones, con sede en la MORDAZA de Quillabamba y competencia territorial en la citada provincia con excepcion de los Distritos de Pichari y Kimbiri. Quinto. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe N° 139-2014-GO-CNDP-CE/PJ, estableciendo que: a) Mediante Resolucion Administrativa N° 276-2012CE-PJ, de fecha 28 de diciembre de 2012, y a propuesta de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, fue reubicada y convertida la Sala Mixta Descentralizada de la Provincia de La Convencion, en adicion a sus funciones Sala Penal de Apelaciones, como 2º Sala Especializada Laboral del Cusco. b) En la actualidad, la Provincia del MORDAZA cuenta con 7 MORDAZA Especializadas, de acuerdo a lo siguiente: 1 Sala Civil, 2 MORDAZA Laborales, 1 Sala Constitucional y Social, y 3 MORDAZA Penales de Apelaciones. c) La 1º Sala Civil Permanente de la Provincia del MORDAZA, registro al mes de agosto del ano en curso, "Muy bajo" avance real de meta del 35% debiendo ser de 64% a dicho mes; por otro lado, su carga procesal proyectada a diciembre del presente ano ascenderia a 1,419 expedientes por lo que se encontraria en una situacion de "Subcarga" procesal. d) La 1º y 2º Sala Laboral Permanentes de la Provincia del MORDAZA, registraron al mes de agosto del ano en curso, "Muy bajo" avance real de meta que en promedio fue de 38% debiendo ser del 64% a dicho mes. Asimismo, de acuerdo a la carga procesal proyectada al mes de diciembre de 2014, la 1º y 2º Sala Laboral registrarian 1,496 y 1,546 expedientes respectivamente por lo que se encontrarian en una situacion de "Subcarga" procesal. e) La Sala Constitucional y Social de la Provincia del MORDAZA, al mes de agosto presenta una carga pendiente de solo 433 expedientes, correspondiente a procesos en materia civil, constitucional, contencioso administrativo, procesos laborales con la Ley N° 26636 y con la Ley N° 29497; asi como procesos contenciosos administrativos laborales; observandose que la carga procesal en estas

Convierten, reubican y modifican denominacion de organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA y de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 380-2014-CE-PJ MORDAZA, 19 de noviembre de 2014

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