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El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 540411 generan derecho a devolución o compensación alguna, asimismo los beneficios otorgados en la presente Ordenanza no serán aplicables a las solicitudes de compensación o transferencias de pagos ni a los créditos por imputar o a los canjes de bienes o servicios y/o fraccionamiento. Artículo 10º.- Vigencia El acogimiento a la presente Ordenanza tendrá vigencia desde el 17 de noviembre hasta el 19 de diciembre de 2014. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, los contribuyentes pensionistas que gozan del benefi cio de deducción de 50 UIT´s de la Base Imponible del Impuesto Predial, tendrán como benefi cio el descuento del 50% de la tasa por concepto de Arbitrios Municipales por deudas vencidas de los años 2013 y 2014. Respecto de los años anteriores al 2013, los descuentos se sujetarán a lo establecido en el artículo Segundo de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas Municipales, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnología de la Información, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Tercera.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1178784-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban la modificación del Plan Urbano del Distrito de Chilca ORDENANZA Nº 041-2014-MPC Cañete, 11 de diciembre de 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE. POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 09 de diciembre del 2014 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. Dicha autonomía que la constitución Política del Estado establece a las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el predio se encuentra fuera de la zona urbana de del distrito de Chilca, de acuerdo al Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC. De fecha 08 de Junio de 1995 y modifi catoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002-MPC. De fecha 20 de Mayo del 2002. Que, la Anexión al área urbana y Asignación de Zonifi cación son dos procedimientos administrativos contemplados dentro del TUPA VIGENTE de la Municipalidad Provincial de Cañete, que permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándosele una zonifi cación urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos. Dichos procedimientos administrativos, según el artículo 49º, están contemplados en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial como Modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano. Que conformidad con el artículo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, referido a la modifi cación y/o actualización de los Planes urbanos, se realizan las modifi caciones al Plan de Desarrollo Urbano cuando la expansión urbana se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano. Que conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC. De fecha 08 de Junio de 1995 y modifi catoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002-MPC. De fecha 20 de Mayo del 2002, la zonifi cación que le corresponde a los predios es ERIAZO NO PROGRAMADO (E.N.P.). Que, mediante Memorándum Nº 1061-2014-GODUR- MPC, de fecha 01 diciembre del 2014, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita el inicio de Aprobación de la Modifi cación del Plan Urbano del distrito de Chilca, Provincia de Cañete mediante los procedimientos de Anexión al área urbana y Asignación de zonifi cación para el desarrollo de proyectos en zonifi cación PARA INDUSTRIA LIVIANA (I-2). Que, mediante Informe Legal Nº 374-2014-GAJ- MPCMPC, de fecha 04 de diciembre de 2014, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que es factible realizar la aprobación de la propuesta de Modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano (PDU) de la Municipalidad Distrital de Chilca, Provincia de Cañete, mediante los Procedimientos de Anexión de predio al Área urbana y Asignación de zonifi cación, precisando que debe aprobarse mediante Ordenanza Municipal. PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION