Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2014 (19/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 11 de diciembre de 2014 MORDAZA NUNEZ MORDAZA Encargado de Alcaldia 1178724-1 DISPOSICION FINAL

El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014

MORDAZA cuota: 29 de MORDAZA Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre

Establecen fechas de vencimiento para el pago de tributos municipales correspondientes al Ejercicio 2015 en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
ORDENANZA N° 1832 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR TANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre de 2014, el Dictamen N° 311 de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion; y, De conformidad con lo Dispuesto por los articulos 40 y 157 numeral 2 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2015 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Articulo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con lo previsto en el articulo 15 de Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2015 vence: - Pago anual al contado - Pago Fraccionado : 27 de febrero : Primera cuota: 27 de febrero MORDAZA cuota: 29 de MORDAZA Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre

Unica.- Facultar al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a establecer fechas distintas a las senaladas en los articulos precedentes a traves de Acuerdo de su Consejo Directivo, el mismo que debera ser publicado en el Diario Oficial "El Peruano". Las nuevas fechas asi establecidas, deberan garantizar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 11 de diciembre de 2014 MORDAZA NUNEZ MORDAZA Encargado de Alcaldia 1178724-2

Modifican articulos de la Ordenanza Nº 1533, que aprueba el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Tributarias en el ambito de la provincia de MORDAZA
ORDENANZA Nº 1833 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR TANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre de 2014 los Dictamenes Nos. 101-2014MML-CMAL y 272-2014-MML-CMAEO de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Economicos y Organizacion ; Ha dado la siguiente: ORDENANZA MORDAZA QUE MODIFICA ARTICULOS DE LA ORDENANZA Nº 1533, QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACION DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DE MORDAZA Articulo 1º.- Modifiquese los articulos 3; 4; 5; 7; 11; 12; 13; 14; 15; 17 y 18 , asi como la Septima Disposicion Final de la Ordenanza Nº 1533, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 3.- Definiciones y abreviaturas Para efectos de la presente Ordenanza se consideran las siguientes definiciones: Arbitrio Municipal: Es la tasa que se genera por el servicio publico prestado a la colectividad, que genera un beneficio real o potencial en los contribuyentes. CMAEO: Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion del Concejo Metropolitano Competencia del SAT: Es funcion del SAT emitir opinion acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria, hubieren aprobado las Municipalidades Distritales. Respecto a las Ordenanzas que aprueban los derechos de los procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el MORDAZA, correspondera al SAT evaluar y pronunciarse respecto de los aspectos

Articulo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Recoleccion de Residuos Solidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo. De conformidad con lo previsto en el articulo 6 de la Ordenanza N° 562, la obligacion de pago de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2015 vence: - Pago anula al contado : Pago cuota trimestral 27 de febrero : Primer cuota: 27 de febrero MORDAZA cuota: 29 de MORDAZA Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre

Articulo Tercero.- Vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular De conformidad con lo previsto en el articulo 35 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2015 vence: - Pago anual al contado : 27 de febrero - Pago Fraccionado : Primera cuota: 27 de febrero

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