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El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 540396 POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 11 de diciembre de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1178724-1 Establecen fechas de vencimiento para el pago de tributos municipales correspondientes al Ejercicio 2015 en la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA N° 1832 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR TANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre de 2014, el Dictamen N° 311 de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; y, De conformidad con lo Dispuesto por los artículos 40 y 157 numeral 2 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2015 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2015 vence: - Pago anual al contado : 27 de febrero - Pago Fraccionado : Primera cuota: 27 de febrero Segunda cuota: 29 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo. De conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ordenanza N° 562, la obligación de pago de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2015 vence: - Pago anula al contado : 27 de febrero Pago cuota trimestral : Primer cuota: 27 de febrero Segunda cuota: 29 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre Artículo Tercero.- Vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular De conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2015 vence: - Pago anual al contado : 27 de febrero - Pago Fraccionado : Primera cuota: 27 de febrero Segunda cuota: 29 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre DISPOSICIÓN FINAL Unica.- Facultar al Servicio de Administración Tributaria - SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a establecer fechas distintas a las señaladas en los artículos precedentes a través de Acuerdo de su Consejo Directivo, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Las nuevas fechas así establecidas, deberán garantizar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 11 de diciembre de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1178724-2 Modifican artículos de la Ordenanza Nº 1533, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima ORDENANZA Nº 1833 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR TANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre de 2014 los Dictámenes Nos. 101-2014- MML-CMAL y 272-2014-MML-CMAEO de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Económicos y Organización ; Ha dado la siguiente: ORDENANZA NORMA QUE MODIFICA ARTICULOS DE LA ORDENANZA Nº 1533, QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE LIMA Artículo 1º.- Modifíquese los artículos 3; 4; 5; 7; 11; 12; 13; 14; 15; 17 y 18 , así como la Séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 1533, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 3.- Defi niciones y abreviaturas Para efectos de la presente Ordenanza se consideran las siguientes defi niciones: Arbitrio Municipal: Es la tasa que se genera por el servicio público prestado a la colectividad, que genera un benefi cio real o potencial en los contribuyentes. CMAEO: Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización del Concejo Metropolitano Competencia del SAT: Es función del SAT emitir opinión acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria, hubieren aprobado las Municipalidades Distritales. Respecto a las Ordenanzas que aprueban los derechos de los procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA, corresponderá al SAT evaluar y pronunciarse respecto de los aspectos