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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (19/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 70

El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 540408 como objetivo lograr que sus iniciativas puedan ser debidamente canalizadas para favorecer su desarrollo integral y su fi nalidad de proponer, coordinar y participar en la formulación de políticas públicas distritales sobre infancia y adolescencia. Artículo 2º.- El Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de La Punta CCONNA - La Punta, está constituido por dos Sub Consejos Consultivos: Sub Consejo Consultivo Distrital de Niñas y Niños integrado por dos (02) niños, Sub Consejo Consultivo Distrital de Adolescentes integrado por dos (02) Adolescentes; Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes integrado por un (01) niño y un (01) adolescente y representantes ante el Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao – CCONNA Callao, integrado por un (01) niño y un (01) adolescente, elegidos democráticamente. Artículo 3º.- La vigencia del Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de La Punta, CCONNA - La Punta, será por el periodo de dos (02) años, culminado su ejercicio, la Gerencia de Servicios Sociales a través de la División de Educación llevará a cabo el proceso de elección democrática para un nuevo periodo. Artículo 4º.- Funciones del Consejo Consultivo Distrital: - Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de infancia y adolescencia ante la Alcaldía de la Municipalidad Distrital de La Punta. - Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre infancia y adolescencia. - Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y les sea pertinente, a través de una Declaración ante el Alcalde, quien lo trasladará a la instancia competente. - Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Gerencia de Servicios Sociales y División de Educación. - Representar a las niñas, niños y adolescentes del Distrito de La Punta, ante las autoridades e instituciones distritales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia, en coordinación con la Gerencia de Servicios Sociales y División de Educación. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Servicios Sociales y División de Educación asistir técnicamente al CCONNA La Punta para el cumplimento de sus funciones. Artículo 6º.- Reconocer la conformación del Primer Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de La Punta para el período 2014 - 2016, Sub Consejo Consultivo Distrital de Niñas y Niños, Sub Consejo Consultivo Distrital de Adolescentes, Consejo Consultivo Distrital de Niñas, Niños y Adolescentes y a los representantes distritales ante el CCONNA CALLAO (Regional) para el período 2014 - 2016, elegidos democráticamente con fecha 12 setiembre de 2014, cuya nómina se adjunta en anexos 1 y 2. Artículo 7º.- La presente Ordenanza Distrital entrará en vigencia al siguiente día de su publicación. Artículo 8º.- Encargar a la Gerencia de Servicios Sociales, y demás áreas involucradas, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 9º.- Encargar a la Ofi cina de Secretaría General y Archivo la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza. Artículo 10º.- Encargar a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob. pe), y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde 1178831-1