Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2014 (19/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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MORDAZA al termino del plazo de adecuacion establecido en la norma. Las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas que aprueben contribuciones u otros tipos de tasas podran ser formuladas por las Municipalidades Distritales durante el ano, debiendo preverse que dichas solicitudes MORDAZA presentadas ante el SAT con la debida anticipacion a la realizacion de la contratacion y ejecucion de la obra municipal que genera la referida contribucion. Articulo 5.- MORDAZA Extemporanea de la Solicitud de Ratificacion Las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas tributarias presentadas fuera de los plazos fijados se tendran por no presentadas y seran objeto de devolucion por parte del SAT. De modo excepcional, en casos imprevisibles y/o de fuerza mayor, debidamente acreditados o de publico conocimiento, la CMAEO esta facultada para autorizar al SAT a recibir las solicitudes de ratificacion fuera del plazo establecido en el articulo 4 de la presente ordenanza. A dichos efectos, la solicitud debera ser presentada a la CMAEO a fin de que evalue la autorizacion. En caso de autorizar, remitira el expediente al SAT a efectos de evaluar la solicitud, computandose el plazo establecido en el articulo 12 a partir de dicha remision. En caso de no autorizar, se tendra por no presentada la solicitud y devolvera el expediente. (...) Articulo 7°.- Requisitos especificos por MORDAZA de Tributo Segun el MORDAZA de tributo, correspondera que se presente la informacion segun el detalle que aparece a continuacion: (...) 7.2. Requisitos aplicables a la ratificacion de Ordenanzas que aprueben derechos por la tramitacion de procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en los MORDAZA municipales: a) Presentar el anexo MORDAZA, siguiendo el formato y precisiones establecidas en el Decreto Supremo N°0622009-PCM, en lo que corresponda. b) Estructura desagregada de los costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, siguiendo los lineamientos y formatos establecidos por el Decreto Supremo N°064-2010-PCM y la Resolucion N° 003-2010-PCM. c) Informe de la Gerencia Municipal del distrito correspondiente, mediante el cual se emite pronunciamiento favorable respecto del proyecto de Ordenanza materia de ratificacion, asi como con relacion de costos, tal como lo preve el articulo 11.3 del Decreto Supremo Nº 079-2007PCM. d) Informe del area de planificacion o procesos del distrito correspondiente, o quien haga sus veces, mediante el cual se establezca el numero de prestaciones de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que tengan derecho de tramite. e) Organigrama de la Municipalidad Distrital, que debera mostrar todas las unidades organicas y dependencias municipales existentes, resaltando aquellas en las que se realizan los tramites contenidos en el TUPA. f) Informe legal de la Municipalidad Distrital correspondiente, el cual adicionalmente a lo senalado en los requisitos generales establecidos en el articulo 6, debera contener: 1) Debera presentar una relacion detallada de los procedimientos administrativos y otra de los servicios prestados en exclusividad que tengan derecho de tramite, indicando la cantidad total de cada relacion. 2) Respecto de cada procedimiento administrativo y servicio prestado en exclusividad que tenga establecido un derecho de tramite, debera detallar el sustento legal especifico y/o general de la competencia conferida a la Municipalidad para su inclusion en su MORDAZA, de los requisitos vinculados con el costo, asi como de su facultad de cobro de la tasa o derecho. 3) En caso de inclusion de actividades de inspeccion en determinados procedimientos administrativos, debera sustentarse la factibilidad legal y tecnica de las mismas.

El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014

g) Informe Tecnico de la Municipalidad Distrital correspondiente, el cual debera contener: - El MORDAZA especifico que se seguira para la determinacion de costos de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, siguiendo los lineamientos y formatos establecidos por el Decreto Supremo N° 0642010-PCM y Resolucion de Secretaria de Gestion Publica N° 003-2010-PCM, esto es, las etapas que se deben seguir para la determinacion de los costos (cuadros maestros, MORDAZA de calculo y anexos). - Explicacion de cada uno de los conceptos tecnicos consignados en los formatos remitidos, el cual permitan una correcta interpretacion de la informacion. - Resumen ejecutivo de la Municipalidad Distrital correspondiente de la informacion a la que hace referencia los incisos c), d), f), y h). - Informe de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital correspondiente o quien haga sus veces que sustente el tiempo promedio considerado para la realizacion de la inspeccion modelo matriz de costeo en funcion al Reglamento de verificacion administrativa y tecnica. h) Informes de las Gerencias de Recursos Humanos o Administracion de la Municipalidad Distrital correspondiente, o quienes MORDAZA sus veces, a traves de los cuales se validen los montos y valores unitarios considerados en los MORDAZA maestros. 7.3 Requisitos aplicables a la ratificacion Ordenanzas de Estacionamiento Vehicular: de

a) Informe Tecnico, el cual debera contener la explicacion de cada uno de los conceptos senalados en la estructura de costos que conlleve a una interpretacion y entendimiento de los montos establecidos en cada caso; asi como la indicacion del numero de espacios y las zonas previstas para la prestacion del servicio. b)El Cuadro de Estructura de Costos, anexo a la ordenanza respectiva, presentado en forma desagregada y detallada, el cual debera ser elaborado conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodologia de costos aprobada por el SAT. c) El Cuadro de Estimacion de Ingresos, segun los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva Nº 001-006-00000005 o la MORDAZA que la modifique o sustituya. d) En el caso del establecimiento de estacionamientos en Vias Arteriales y Colectoras, se debera presentar la autorizacion expedida por la Gerencia de Transporte MORDAZA de la MML, en conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 739. e) En el caso de la prestacion de servicio en zonas adyacentes a playas de veraneo se debera presentar el Informe favorable expedido por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de la MML, de acuerdo con la Ordenanza Nº 739. f) Planos identificando las zonas y cantidad de espacios habilitados para la prestacion del servicio y los lugares de instalacion de los letreros que consideren informacion sobre la legalidad del cobro a efectuar, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 739. g) Informe del impacto social de la prestacion del servicio en las vias nuevas donde se prestara el servicio de estacionamiento. h) Informe del area correspondiente que sustente que las vias donde se establecera el servicio son comerciales y de alta circulacion, ello, teniendo presente lo dispuesto en el inciso d) del articulo 68 del TUO de la Ley de Tributacion Municipal. (...) Articulo 11.- Formulacion de Requerimientos El SAT podra efectuar requerimientos de informacion y/ o de algun aspecto que considere necesario, que pudieran impedir la continuidad del procedimiento, otorgando a la Municipalidad Distrital solicitante, un plazo de diez (10) dias habiles como MORDAZA para su atencion. Articulo 12°.- Evaluacion de la solicitud a cargo del SAT a)El SAT y la MML cuentan con un plazo de treinta (30) dias habiles para atender la solicitud de ratificacion de los tributos municipales que se envien a ratificar por

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