Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2014 (21/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA 21 de diciembre de 2014

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hasta que se evidencie su recuperacion y las condiciones ambientales se hayan normalizado; Que, en tal sentido, la imposibilidad de dar inicio a una nueva temporada de pesca, ocasiona que la flota anchovetera de mayor escala no realice actividades extractivas, debido a la escasez de recursos hidrobiologicos, afectandose con ello a la cadena productiva y a los agentes economicos del sector pesquero; Que, en consecuencia, con la finalidad de salvaguardar los derechos de los trabajadores pescadores, por la falta de actividad extractiva, resulta necesario dictar medidas a fin de mitigar el impacto socioeconomico y dinamizar la economia; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; el numeral 3 del articulo 11 de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y en la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y; DECRETA: Articulo 1.- Disponibilidad temporal de la Compensacion por Tiempo de Servicios de los Trabajadores Pescadores comprendidos en los alcances del Decreto Supremo N° 014-2004-TR Hasta el 31 de MORDAZA de 2015, autorizase a los trabajadores pescadores comprendidos en los alcances del Decreto Supremo N° 014-2004-TR a disponer libremente del 90% de los depositos e intereses acumulados de la Compensacion por Tiempo de Servicios que se encuentran en las entidades financieras a la fecha de disposicion. Articulo 2.- Deber de informacion El Ministerio de la Produccion informara al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las condiciones ambientales y oceanograficas a fin de evaluar la continuidad de la presente medida. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo y por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1180539-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan a los Trabajadores Pescadores a efectuar retiros adicionales con cargo a la Compensacion por Tiempo de Servicios
DECRETO SUPREMO Nº 015-2014-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 72 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo esta facultado a dictar las normas relacionadas con el regimen laboral de los pescadores, considerando las caracteristicas singulares que lo tipifican; Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2004-TR, se regula el pago de beneficios compensatorios y sociales de los trabajadores pescadores, cuya supervision corresponde a la MORDAZA de Beneficios y Seguridad Social del Pescador; estableciendose en el tercer parrafo de su articulo 5, que el trabajador podra efectuar retiros parciales de libre disposicion con cargo a los depositos de Compensacion por Tiempo de Servicios e intereses acumulados, siempre que no excedan del 50% de estos; Que, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, mediante el Informe sobre "Situacion actual del stock norte-centro de la anchoveta peruana y recomendaciones de manejo para el periodo octubre 2014-marzo 2015", adjunto al Oficio N° PCD-100-522-2014-PRODUCE/IMP, recomienda mantener suspendidas las actividades extractivas del recurso anchoveta en la Region Norte - Centro, hasta la normalizacion de las condiciones ambientales y la recuperacion del stock. Asimismo, el IMARPE, mediante el Informe sobre "Situacion actual del stock sur de anchoveta y perspectivas de explotacion para el periodo noviembre 2014-marzo 2015", adjunto al Oficio N° PCD-100-5562014-PRODUCE/IMP, senala que por las condiciones de anomalias oceanograficas, el bajo nivel de biomasa y las perspectivas para los proximos meses del arribo de una nueva onda MORDAZA que seguiria impactando al recurso, no es posible estimar una cifra como Limite MORDAZA Total de Captura Permisible para la Region Sur del Peru; Que, posteriormente, el IMARPE en el Informe de la Operacion EUREKA LXVII, adjunto al Oficio N° PCD-100622-2014-PRODUCE/IMP, recomienda mantener cerrada la pesqueria del stock Norte-Centro del recurso anchoveta

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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